BOAM nº 7461 (24/07/2015)
Gerencia de la Ciudad
1614
Resolución de 20 de julio de 2015 de la Gerente de la Ciudad por la que se nombra a D. José Luis Blanco González de Betolaza funcionario de carrera de la categoría de Oficial de Jardinería del Ayuntamiento de Madrid, en ejecución de sentencia.Por Decreto del Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública de 30 de noviembre de 2010 (Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid nº 6.329, de 14 de diciembre de 2010) se convocaron pruebas selectivas para proveer plazas de la categoría de Oficial de Jardinería, en ejecución de la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Madrid correspondiente al ejercicio 2002.
Finalizado el proceso selectivo, el Tribunal Calificador remitió la relación de aprobados por orden de puntuación proponiendo su nombramiento como funcionarios de carrera en la categoría de Oficial de Jardinería del Ayuntamiento de Madrid. En dicha relación no se incluyó a Don José Luis Blanco González de Betolaza, con DNI. nº 51657737J, puesto que no había alcanzado la puntuación exigida para estar incorporado en la citada lista.
Por Sentencia de la Sección 7ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 16 de marzo de 2015, recaída en recurso de apelación nº 835/2014, promovido por D. José Luis Blanco González de Betolaza, se establecía:
"Que debemos estimar y estimamos en parte el recurso de apelación formulado por D. JOSÉ LUIS BLANCO GONZÁLEZ DE BETOLAZA, representado por (...), contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 23 de Madrid a que se refiere el Primer Antecedente de Hecho de esta sentencia, que en consecuencia revocamos en parte; al propio tiempo que estimando en parte la demanda se declara el derecho del apelante a que con retroacción de las actuaciones al momento de la corrección de la segunda prueba del segundo ejercicio, (prueba de botánica) se valore al apelante las respuestas de las ocho preguntas declaradas incorrectas, sin tener en cuenta la forma de escritura de dichas respuestas, esto es con independencia de las mayúsculas o minúsculas de los caracteres utilizados, y en lo demás con arreglo a la plantilla correctora de 13 de diciembre de 2012; (...)".
El Director General de Relaciones Laborales por Resolución de 10 de junio de 2015 dispuso acatar y cumplir la Sentencia de 16 de marzo de 2015 de la Sección 7ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. En consecuencia, la Subdirección General de Selección dio traslado al Tribunal Calificador que, en sesión celebrada el 1 de julio de 2015, acuerda que la calificación definitiva obtenida por Don José Luis Blanco González de Betolaza es de 13,27 puntos, declarando que el mismo ha superado el proceso selectivo de referencia, proponiendo su nombramiento como funcionario de carrera.
Corresponde al titular de la Gerencia de la Ciudad la competencia para resolver las convocatorias de selección de personal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.1.1 h) del Acuerdo de 25 de junio de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se crea la Gerencia de la Ciudad, se establece su organización y se delegan competencias en su titular y en los titulares de los órganos directivos.
En uso de las competencias delegadas en el artículo 3.1.1 h) del mencionado Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 25 de junio de 2015,
RESUELVO
Primero.- Nombrar funcionario de carrera en la categoría de Oficial de Jardinería del Ayuntamiento de Madrid al aspirante que se relaciona en el Anexo de este Decreto con indicación del destino que se le adjudica, en ejecución de la Sentencia dictada por la Sección 7ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 16 de marzo de 2015, recaída en el Recurso de Apelación nº 835/2015. Ello de conformidad con la propuesta formulada por el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas convocadas por Decreto del Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública de 30 de noviembre de 2010 (Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid nº 6.329, de 14 de diciembre de 2010), para proveer plazas de esta categoría, las cuales se integran en la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, clase Personal de Oficios, Grupo C, Subgrupo C2 de titulación, de los previstos en el artículo 76 y en la Disposición Transitoria Tercera del vigente Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Ley 7/2007, de 12 de abril.
Segundo.- Para adquirir la condición de funcionario de carrera en la categoría de Oficial de Jardinería del Ayuntamiento de Madrid, el aspirante relacionado en el Anexo deberá tomar posesión en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Transcurrido el plazo de un mes sin haber tomado posesión, perderá todos los derechos adquiridos, quedando anuladas todas sus actuaciones.
Tercero.- Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:
I. Recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que ha dictado la presente Resolución, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación del mismo (artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).
Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que se dicte y notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo, pudiendo en este caso interponer contra la desestimación presunta recurso contencioso-administrativo dentro del plazo de seis meses.
II. Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación de la Resolución recurrida.
En ambos casos, el recurso se interpondrá ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a elección de aquél (artículos 8.1 y 14.1.2ª de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
III. Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime procedente (artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).
Madrid, a 20 de julio de 2015.- La Gerente de la Ciudad, Carmen Román Riechmann.