BOAM nº 5907 (01/04/2009)
Madrid Salud
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Resolución de 31 de marzo de 2009 del Gerente del Organismo Autónomo Madrid Salud por la que se hace pública la relación de solicitudes que requieren subsanación correspondientes al segundo plazo de la Ayuda de Gafas, Prótesis y Similares de trabajadores, jubilados y pensionistas del Organismo Autónomo Madrid Salud. Año 2008.Por Resolución del Director General de Gestión de Recursos Humanos de fecha 13 de febrero de 2008, se publicaron en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de fecha 21 de febrero de 2008, las Bases Reguladoras para el año 2008 de las Ayudas de Acción Social dirigidas a trabajadores, jubilados y pensionistas del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos, las cuales en su anexo V regulan la Ayuda de Gafas, Prótesis y Similares, cuyo objeto es el otorgamiento de ayudas económicas dirigidas a compensar, en parte, los gastos derivados de gafas o lentes de contacto, prótesis dentales o auditivas, material ortoprotésico, y demás conceptos incluidos en las mismas.
Las citadas bases fijan la cuantía máxima de la ayuda en el año 2008 en 580,49 euros y establecen en su apartado 7 dos plazos de presentación de solicitudes: Primer plazo del 1 de enero al 15 de junio de 2008, segundo plazo del 1 de junio del 2008 al 15 de enero del 2009.
En virtud de las facultades que me han sido conferidas por los Estatutos del Organismo Autónomo Madrid Salud, aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid en sesión de fecha 19 de noviembre de 2004, esta Gerencia,
RESUELVE
Publicar la relación de solicitantes a los que se les requiere la subsanación de documentación correspondiente al segundo plazo de la Ayuda de Gafas, Prótesis y Similares. Año 2008.
Anexo I: Listado de solicitudes que requieren subsanación del segundo plazo de la ayuda de Gafas, Prótesis y Similares de trabajadores, jubilados y pensionistas del Organismo Autónomo Madrid Salud. Año 2008.
En virtud de lo establecido en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los solicitantes referidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, para subsanar las deficiencias o aportar la documentación requerida; de lo contrario se les tendrá por desistidos de su petición.
Madrid, a 31 de marzo de 2009.- El Gerente del Organismo Autónomo Madrid Salud, José Manuel Torrecilla Jiménez.