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BOAM nº 9538 (28/12/2023)
Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias

3872

Acuerdo de 26 de diciembre de 2023 de la Comisión de Terrazas de Hostelería y Restauración, por el que se aprueba el estudio de ordenación conjunta de la plaza del Rastrillo del Distrito de Centro (Res. 71 EOC 01.02).

El 28 de octubre de 2022 el Concejal Presidente del Distrito de Centro propone la aprobación de un estudio de ordenación conjunta en su distrito, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 ter 1.c) de la Ordenanza de Terrazas y Quioscos de Hostelería y Restauración.

 

Del mismo se extraen los siguientes datos:

 

Distrito: Centro.

Denominación del estudio de ordenación conjunta: plaza del Rastrillo.

Código de identificación: Resolución 71 EOC 01.02.

 

Ámbito de delimitación del estudio de ordenación conjunta: comprende la plaza del Rastrillo, bordeada por las calles Espíritu Santo, Marqués de Santa Ana y Tesoro.

 

El 28 de noviembre de 2022 la presidenta de la Comisión de Terrazas de Hostelería y Restauración dispuso el inicio del procedimiento para la aprobación del estudio de ordenación conjunta propuesto, que se comunicó al distrito el 29 de noviembre, a los efectos prevenidos en el artículo 26 sexies 3 de la ordenanza.

 

Iniciada la instrucción, desde la secretaría de la mencionada comisión se han trasladado diversas propuestas de mejora sobre el contenido del estudio, que han sido sucesivamente contestadas desde el distrito, siendo la última de las propuestas suscrita por el concejal presidente el 6 de octubre de 2023.

 

Se constata la concurrencia de las condiciones establecidas en el capítulo V del título I de la Ordenanza de Terrazas y Quioscos de Hostelería y Restauración para la ordenación conjunta descrita, en los términos que se contienen en el estudio de ordenación conjunta.

 

El estudio propone adaptar las cuatro terrazas existentes e incorpora la solicitud de una nueva terraza a la compleja configuración de la plaza peatonal, compatibilizando la presencia de un número adecuado de mobiliario que impida la saturación de la plaza por terrazas y armonizando su instalación con el área estancial y el área infantil de la plaza, con los elementos de mobiliario urbano y con la configuración singular de la geometría del espacio, teniendo en cuanta además el tráfico rodado que la circunda.

 

En resumen, el estudio reduce la superficie máxima ocupada por terrazas, aún incrementando el número de terrazas autorizadas, reordena la huella de ocupación, impide la instalación de elementos permanentes y con sujeción al pavimento y limita la instalación de mobiliario, definiendo sus características estéticas y técnicas.

 

En la ordenación se tienen en cuenta las condiciones de protección acústica aplicables a conforme al Plan Zonal Específico asociado a la Zona de Protección Acústica Especial del Distrito de Centro, según informa la Dirección General de Sostenibilidad y Control Ambiental.

 

Durante la instrucción desde la Dirección General de la Policía Municipal se ha evacuado informe que verifica la no afectación del estudio y la instalación de terrazas a la siniestralidad vial de la zona.

 

El espacio objeto de ordenación se ubica en el APE 00.01, dentro del BIC Conjunto Histórico "Recinto villa de Madrid", incluido en el Catálogo de Parques y Jardines de Interés del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997, y en la zona de amortiguamiento del Paisaje de la Luz, razones por las que el estudio de ordenación conjunta se somete a informe de la Comisión de Protección del Patrimonio Histórico, Artístico y Natural del Ayuntamiento de Madrid (CPPHAN), que emite dictamen favorable en su sesión de 26 de octubre de 2023, según consta en certificación incorporada en las actuaciones.

 

En su virtud, de conformidad con lo establecido en los artículos 26 ter 1, 26 sexies, y en la disposición adicional primera, apartado 6, de la Ordenanza de Terrazas y Quioscos de Hostelería y Restauración, y en el apartado 6º.b) del Acuerdo de 25 de julio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de los distritos, a propuesta del Concejal Presidente del Distrito de Centro y previa deliberación, la Comisión de Terrazas de Hostelería y Restauración, en su sesión de 26 de diciembre de 2023,

 

ACUERDA

 

PRIMERO.- Aprobar el estudio de ordenación conjunta de la plaza del Rastrillo del Distrito de Centro para el ámbito que comprende la plaza del Rastrillo, situada entre las calles Espíritu Santo, Marqués de Santa Ana y Tesoro, a instancia de los órganos del distrito, y en los términos del estudio anexo, una vez constatada la concurrencia de los parámetros definidos en el apartado c) del artículo 26 ter 1, y de conformidad con el artículo 26 sexies, ambos de la Ordenanza de Terrazas y Quioscos de Hostelería y Restauración.

 

SEGUNDO.- Las condiciones de adaptación de la ordenanza establecidas en el estudio de ordenación conjunta serán de aplicación preceptiva para la autorización de las terrazas en su ámbito de aplicación.

 

TERCERO.- El estudio de ordenación conjunta será de aplicación desde su fecha de aprobación y desplegará su eficacia mientras no se apruebe otro posterior por el órgano competente que modifique sus condiciones.

 

CUARTO.- Comunicar al distrito promotor la aprobación del estudio de ordenación conjunta.

 

QUINTO.- Ordenar la realización de las actuaciones técnicas correspondientes en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento de Madrid, en los términos previstos en el artículo 26 ter 4 de la Ordenanza de Terrazas y Quioscos de Hostelería y Restauración, que será objeto de actualización semestral y de lo que se dará cuenta anualmente al Pleno del Ayuntamiento.

 

SEXTO.- Ordenar la publicación de este acuerdo en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y 8, 45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, se podrá interponer uno de los siguientes recursos:

 

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