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BOAM nº 6876 (08/03/2013)
Ayuntamiento Pleno

488

Acuerdo de 27 de febrero de 2013 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid por el que se aprueba la Ordenanza por la que se deroga la Ordenanza Municipal Reguladora de los Establecimientos de Aves, Huevos y Caza.

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 27 de febrero de 2013, adoptó el siguiente acuerdo:

 

"Primero.- Aprobar la Ordenanza por la que se deroga la Ordenanza Municipal Reguladora de los Establecimientos de Aves, Huevos y Caza, que se incorpora como Anexo al presente acuerdo.

 

Segundo.- Publicar en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» este Acuerdo y el texto de la Ordenanza que constituye su objeto".

 

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.3, e) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, se procede a la publicación del texto aprobado.

Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndose que dicho acuerdo agota la vía administrativa, pudiéndose interponer contra el mismo, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 de la ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.

 

Madrid, a 27 de febrero de 2013.- El Secretario General del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

 

ANEXO

 

Ordenanza por la que se deroga la Ordenanza Municipal Reguladora de Establecimientos de Aves, Huevos y Caza.

 

Mediante Acuerdo Plenario del Ayuntamiento de Madrid, de 25 de marzo de 1994, se aprobó la Ordenanza Municipal Reguladora de los Establecimientos de Aves, Huevos y Caza, cuyo objeto es el establecimiento de las normas técnicas e higiénico sanitarias que han de cumplir los establecimientos dedicados a la venta al consumidor final de aves, huevos y caza, en la ciudad de Madrid.

En su texto se contiene una diversidad de cuestiones relativas al aspecto higiénico-sanitario de este tipo de establecimientos de comercio minorista de alimentación tales como condiciones de exposición, mantenimiento, almacenamiento, requisitos de los materiales de los establecimientos, manipulaciones permitidas y prohibidas, condiciones del personal, así como otras cuestiones referidas a protección de consumidores y usuarios, tales como la instalación de instrumentos de peso y medida, la obligación de disponer de hojas de reclamaciones y de información a los consumidores.

Seguidamente en la Ordenanza se recogen de forma independiente prescripciones particulares de cada producto (huevos, aves y caza) estableciendo definiciones, clasificaciones y condiciones exigibles según el tipo de producto y según el estado en que se comercialice así como normas de etiquetado y rotulación. Por último se establece el régimen de inspecciones, infracciones y sanciones.

La regulación contenida en la Ordenanza se ha visto superada por normativa comunitaria y estatal que resulta de aplicación directa en la materia, hecho que ha generado que muchos de sus preceptos hayan devenido inaplicables y que exista una duplicidad normativa que no tiene justificación. Así la normativa posterior, por regular de manera más completa y detallada las mismas cuestiones, por suponer un avance en cuanto a las condiciones y requisitos exigidos y por ser de superior rango, ha provocado que la misma haya quedado obsoleta y resulte procedente su derogación, en aras de la aplicación del principio de seguridad jurídica (artículo 9.3 CE) que exige expulsar del ordenamiento jurídico aquellas normas que han quedado en desuso o que ya no se aplican. Todo ello enmarcado en el horizonte próximo de aprobación de la Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, que va a exigir a las entidades locales llevar a cabo una labor de revisión de sus propios ordenamientos para simplificarlos y consolidarlos.

En la actualidad los establecimientos regulados en la Ordenanza han de cumplir la normativa comunitaria y estatal sobre la materia que les resulte de aplicación en función de su actividad, que incluye, entre otras disposiciones, las que a continuación se especifican:

 

Disposiciones comunitarias, que son de directa aplicación

- Reglamento (CE) n.º 589/2008, de 23 de junio de 2008, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n.º 1234/2007 del Consejo en lo que atañe a las normas de comercialización de huevos.

- Reglamento 852/2004, de 29 de abril de 2004, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la higiene de los productos alimenticios.

- Reglamento 853/2004, de 29 de abril de 2004, del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal.

- Reglamento 854/2004, de 29 de abril de 2004, del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen normas específicas para la organización de controles oficiales de los productos de origen animal destinados al consumo humano.

 

Disposiciones estatales

- Reglamentación técnico-sanitaria del comercio minorista de alimentación, Real Decreto 381/1984, de 25 de enero de 1984.

- Real Decreto 226/2008, de 15 de febrero, por el que se regulan las condiciones de aplicación de la normativa comunitaria de comercialización de huevos.

- Real Decreto 1338/2011, de 3 de octubre, por el que se establecen distintas medidas singulares de aplicación de las disposiciones comunitarias en materia de higiene de la producción y comercialización de los productos alimenticios.

- Real Decreto 1376/2003, de 7 de noviembre de 2003, por el que se establecen las condiciones sanitarias de producción, almacenamiento y comercialización de las carnes frescas y sus derivados en los establecimientos de comercio al por menor.

- Decreto 408/1975, de 7 de marzo, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la manipulación de huevos frescos y conservados, y elaboración, conservación y venta de ovoproductos.

 

Artículo único. Derogación de la Ordenanza Municipal Reguladora de los Establecimientos de Aves, Huevos y Caza.

 

Queda derogada la Ordenanza Municipal Reguladora de Establecimientos de Aves, Huevos y Caza aprobada por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de 25 de marzo de 1994.

 

DISPOSICIONES FINALES

 

Disposición final única. Publicación, entrada en vigor y comunicación.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.3, letras e) y f) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, la publicación, entrada en vigor y comunicación de la presente Ordenanza, se producirá de la siguiente forma:

a) El acuerdo de aprobación y la Ordenanza se publicarán íntegramente en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

b) La Ordenanza entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

c) Sin perjuicio de lo anterior, el acuerdo de aprobación se remitirá a la Administración General del Estado y a la Administración de la Comunidad de Madrid.

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