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BOAM nº 10101 (08/04/2026)
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda

1218

Decreto de 24 de marzo de 2026 de la Delegada del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones dirigidas al fomento de agrupaciones empresariales sectoriales o clústeres estratégicos para la ciudad de Madrid, anualidad 2026.

De conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013, y en el Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- Aprobar y dar publicidad a la convocatoria pública ordinaria de subvenciones dirigidas al fomento de agrupaciones empresariales sectoriales o clústeres estratégicos para la ciudad de Madrid, para la anualidad 2026, con arreglo a las bases que se adjuntan como anexo al presente decreto y que servirán de marco normativo para la convocatoria.

 

SEGUNDO.- Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse los recursos que a continuación se indican:

 

I. Recurso de reposición potestativo previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que dictó la resolución, en el plazo de un mes, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal de Instancia de Madrid, en el plazo de dos meses, en ambos casos, a partir del día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de la presente resolución. Artículos 30.4, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y disposición adicional primera de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia.

 

II. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado interponga cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 LPAC).

 

Madrid, a 24 de marzo de 2026.- La Delegada del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, Engracia Hidalgo Tena.

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