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BOAM nº 9524 (05/12/2023)
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda

3586

Resolución de 1 de diciembre de 2023 del Director General de Planificación de Recursos Humanos por la que se dispone que por el órgano competente se proceda a la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de la relación de aprobados del proceso selectivo convocado para proveer 13 plazas de la categoría de Técnico/a Especialista Actividades Deportivas (Salvamento-Vigilancia) de funcionario de carrera del Ayuntamiento de Madrid.

Por Resolución de 3 de noviembre de 2021 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (BOAM núm. 9.011, de 8 de noviembre de 2021), fueron convocadas pruebas selectivas para proveer 12 plazas de la categoría de Técnico/a Especialista Actividades Deportivas (Salvamento-Vigilancia) de funcionario de carrera del Ayuntamiento de Madrid, ampliándose en 1 plaza más por Resolución de 12 de mayo de 2022 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (BOAM núm. 9.139, de 18 de mayo de 2022).

 

Finalizado el proceso de selección, el tribunal calificador ha publicado la relación de aprobados por el orden de puntuación alcanzado, elevándola, simultáneamente, al titular del órgano competente para su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, iniciándose a partir del día siguiente el plazo para que los aspirantes puedan presentar los documentos acreditativos del cumplimiento de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los apartados 10.1 y 11.1 de las bases generales que rigen la convocatoria, aprobadas por Resolución de 9 de julio de 2020 del Director General de Planificación de Recursos Humanos.

 

Corresponde al titular de la Dirección General de Planificación de Recursos Humanos la competencia para convocar, aprobar las bases y resolver las convocatorias de selección de personal, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 14.º 1.2.b) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda (BOCM núm. 172, de 21 de julio de 2023).

 

En su virtud, se aprueba la siguiente

 

RESOLUCIÓN

 

PRIMERO.- Por el órgano competente se procederá a la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de la relación de los aspirantes incorporada como anexo a la presente resolución que, de conformidad con la propuesta del tribunal calificador, han superado el proceso selectivo convocado por Resolución de 3 de noviembre de 2021 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (BOAM núm. 9.011, de 8 de noviembre de 2021), modificada por Resolución de 12 de mayo de 2022 (BOAM núm. 9.139, de 18 de mayo de 2022), para proveer 13 plazas de la categoría de Técnico/a Especialista Actividades Deportivas (Salvamento-Vigilancia) de funcionario de carrera del Ayuntamiento de Madrid, con indicación de la puntuación total alcanzada por los mismos.

 

SEGUNDO.- Disponer la publicación en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid (www.madrid.es) de la relación de los puestos a ofertar a los aspirantes.

 

TERCERO.- De conformidad con lo previsto en el apartado 11 de las bases generales y al objeto de ser nombrados funcionarios de carrera en la categoría de Técnico/a Especialista Actividades Deportivas (Salvamento-Vigilancia) del Ayuntamiento de Madrid, los aspirantes propuestos deberán presentar dentro del plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en que se hiciera pública la lista definitiva de aspirantes aprobados en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, los documentos que a continuación se relacionan:

 

- Estar en posesión de alguna de las titulaciones que recoge el artículo 14.1 de la Ley 6/2016, de 24 de noviembre, por la que se ordena el ejercicio de las profesiones del deporte en la Comunidad de Madrid, modificada por la Ley 1/2019, de 27 de febrero.

 

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.

 

- Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de funciones públicas por resolución judicial para el acceso a la escala, subescala, clase y categoría de funcionario en el que hubiese sido separado o inhabilitado. Los nacionales de otros Estados deberán acreditar igualmente no hallarse inhabilitados o en situación equivalente ni haber sido sometidos a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso a la función pública.

 

- Estar inscrito/a en el Registro Profesional de Socorristas de la Comunidad de Madrid, ya sea en el registro profesional de socorristas de piscinas e instalaciones acuáticas como en el de piscinas e instalaciones acuáticas y medio natural (Orden 1319/2006, de 27 de junio, de la Consejería de Sanidad y Consumo, por la que se establecen los criterios que permitan establecer los niveles de formación del personal que preste sus servicios como socorrista en piscinas, instalaciones acuáticas y medio natural de la Comunidad de Madrid).

 

- Certificación expedida por el Registro Central de Delincuentes Sexuales del Ministerio de Justicia, en el que conste que no existe información penal del interesado/a.

 

- Modelo de instancia normalizada denominada "ANEXO II. SOLICITUD DE ADJUDICACIÓN DE DESTINOS", que podrá descargarse de la Web municipal, debidamente cumplimentada.

 

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse los recursos que se indican a continuación:

 

I. Recurso potestativo de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que dictó la resolución, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de la presente resolución, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).

 

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