BOAM nº 7590 (03/02/2016)
Distrito de San Blas-Canillejas
197
Resolución de 29 de enero de 2016 del Gerente del Distrito de San Blas-Canillejas por la que se publica la notificación de la imposición de multa coercitiva y reiteración de orden de ejecución de obras, efectuada a la Comunidad de Propietarios de la plaza de Eurípides, 8, expediente número 117/2006/07148.Intentada sin efecto la notificación al interesado, y de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la notificación y edicto por medio del presente anuncio, de la resolución de imposición de multa coercitiva y reiteración de orden de ejecución de obras en plaza de Eurípides, 8, expediente número 117/2006/07148.
"Imponer a la comunidad de propietarios de plaza de Eurípides, 8, la multa coercitiva de 1.000 euros, por incumplimiento de la resolución del Gerente del Distrito de fecha 19 de febrero de 2008, mediante la que se ordena la ejecución de las obras de conservación, consistentes en reposición de canalón en plaza de Eurípides, 8, concediéndole un nuevo plazo para el inicio de la actuación ordenada de 1 mes y otro de 1 mes para la finalización de la misma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 99 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, artículo 52 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid y el artículo 45 de la Ordenanza de Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones, señalándose en este mismo precepto que, en el caso de no realizar los trabajos y obras ordenados en el nuevo plazo otorgado para su inicio, o los paralice una vez iniciados incumpliendo el plazo otorgado para su terminación, salvo prórroga concedida al efecto, o no los cumpla en los términos ordenados en la orden de ejecución, o no presente la documentación preceptiva, se reiterará la orden de ejecución imponiéndole una nueva multa coercitiva de 2.000 euros".
Lo que le notifico para su conocimiento y efectos, advirtiéndole que contra la expresada resolución podrá interponer los recursos que se indican a continuación.
I.- Recurso potestativo de reposición, ante el Gerente de este Distrito, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con la siguiente normativa:
- Con carácter general: Artículos 107 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC).
- En especial, para actos sobre aplicación y efectividad de los tributos locales y restantes ingresos de derecho público: Disposición Adicional Quinta LRJPAC, artículo 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local y artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Sin perjuicio de la interposición de la reclamación económico administrativa conforme a lo dispuesto en los artículos 18 y 38 del Reglamento Orgánico por el que se regula el Tribunal Económico Administrativo Municipal del Ayuntamiento de Madrid, así como el procedimiento para la resolución de las reclamaciones de su competencia.
II.- Directamente, salvo en el supuesto previsto en el párrafo anterior, recurso contencioso administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
III.- Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 58 LRJPAC).
Madrid, a 29 de enero de 2016.- El Gerente del Distrito de San Blas-Canillejas, José Luis de Pablo Trabalón.