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BOAM nº 7870 (21/03/2017)
Agencia Tributaria Madrid

589

Resolución de 13 de marzo de 2017 del Director del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid por la que se declara desierto un puesto de trabajo convocado para su provisión por el procedimiento de Libre Designación LD-AT 2/2017.

Por Resolución de 6 de febrero de 2017 del Director del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de 9 de febrero de 2017, se convocaron puestos de trabajo para su provisión por el procedimiento de Libre Designación LD-AT 2/2017.

 

Vista la propuesta de la Subdirección General de Inspección Tributaria y Coordinación Catastral, de conformidad con lo establecido en el artículo 54 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y en virtud del artículo 15 de los Estatutos del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, aprobados el 22 de diciembre de 2008, por el que se atribuye al Director, entre otras, la dirección y gestión de personal,

 

RESUELVO

 

Declarar desierta la siguiente plaza convocada por el procedimiento de Libre Designación:

Número de plaza: 30206325.

Denominación del puesto: Inspector/a Jefe de Departamento.

Departamento de Actuaciones Inspectoras A.

Servicio de Actuaciones Inspectoras I.

Subdirección General de Inspección Tributaria y Coordinación Catastral.

Nivel de complemento de destino: 28.

Grupo: A1.

 

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

1. Recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123, 124 y 30 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

2. Recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o en los de Madrid, a elección de aquel, en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 14.1.2ª y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 

Todo ello, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 40.2 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Madrid, a 13 de marzo de 2017.- El Director del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, José Antonio Díaz de Cerio Villamayor.

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