BOAM nº 5892 (10/02/2009)
Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública
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Decreto de 30 de enero de 2009 del Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública por el que se declara la uniformidad para su utilización común y la adquisición centralizada del suministro de diversos artículos de imprenta y artes gráficas en el ámbito del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos y se aprueban las instrucciones para su adquisición.La Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (en adelante, LCSP), introduce como novedad, en el Título II del Libro III, la regulación de los sistemas para la racionalización de la contratación de las Administraciones Públicas, como son los acuerdos marco, los sistemas dinámicos de adquisición y las centrales de compra.
De conformidad con el artículo 178 de la citada Ley, los órganos de contratación del sector público podrán concluir acuerdos marco con uno o varios empresarios con el fin de fijar las condiciones a que habrán de ajustarse los contratos que pretendan adjudicar durante un período determinado y conforme al procedimiento previsto en el artículo 182 de la LCSP.
La contratación centralizada de artículos de imprenta y artes gráficas en el ámbito del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos ha venido realizándose hasta la fecha en el marco previsto en los Decretos del Concejal de Gobierno de Hacienda y Administración Pública de 8 de junio de 2006 y 19 de marzo de 2007, mediante el procedimiento de adopción de tipo, que se licitaba con arreglo a las disposiciones generales aplicables con anterioridad a la LCSP.
La aplicación del régimen jurídico establecido en la LCSP exige dictar un nuevo marco regulador en el ámbito del Ayuntamiento de Madrid y de sus Organismos Autónomos, así como aprobar unas nuevas instrucciones para llevar a cabo las adquisiciones singulares de los artículos de imprenta y artes gráficas que se declaran de contratación centralizada, dejando sin efecto los mencionados Decretos de 8 de junio de 2006 y 19 de marzo de 2007.
Por otro lado, se simplifican los procedimientos de tramitación de los contratos derivados del acuerdo marco, al amparo de lo dispuesto en el artículo 219.1 del Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y en las bases de ejecución del presupuesto anual, acumulando las fases de autorización y disposición del gasto y reconocimiento de la obligación.
En virtud de lo expuesto, y en uso de las competencias atribuidas al Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública en materia de adquisición centralizada en el artículo primero apartado 3.5.3 del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 18 de junio de 2007 de delegación de competencias específicas en los órganos superiores y directivos de las Áreas de Gobierno y de los Distritos,
DISPONGO
PRIMERO.- Declarar la uniformidad para su utilización común en el ámbito del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos, de los siguientes artículos de imprenta y artes gráficas: desplegables, carteles, folletos, libros, impresos, trabajos de impresión digital, papelería, sobres y bolsas postales.
SEGUNDO.- Declarar de contratación centralizada los bienes a que se refiere el apartado anterior.
TERCERO.- El suministro de los bienes declarados de uniformidad para su utilización común y de contratación centralizada citados anteriormente, se realizará a través de la celebración de un Acuerdo Marco, en virtud de los artículos 180 a 182 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
CUARTO.- En el supuesto en que el centro gestor peticionario precise bienes que no han sido adjudicados en el Acuerdo Marco, o que habiéndolo sido no reúnan las características indispensables para satisfacer las necesidades que se precisa atender con su adquisición, la contratación se efectuará con sujeción a las reglas de competencia y procedimiento previstas en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, previa autorización del Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública. La solicitud de autorización se efectuará conforme al Modelo A-04 que figura como Anexo IV a las Instrucciones a que se refiere el apartado sexto del presente Decreto.
QUINTO.- El procedimiento de adquisición de los impresos de abonaré, a que se refiere la Instrucción 2.3 del Decreto de 20 de enero de 2006 del Concejal de Gobierno de Hacienda y Administración Pública, por el que se establecen las Instrucciones para la gestión del canon de las concesiones y otros ingresos municipales no tributarios, se ajustará a lo dispuesto en el presente Decreto.
SEXTO.- Aprobar las Instrucciones para la adquisición centralizada de diversos artículos de imprenta y artes gráficas en el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos, que se incorporan como Anexo al presente Decreto.
SÉPTIMO.- Dejar sin efecto el Decreto de 8 de junio de 2006 por el que se declara la uniformidad para su utilización común y la adquisición centralizada del suministro de diversos artículos de imprenta y artes gráficas en el ámbito del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos y se establece el procedimiento para su contratación, y el Decreto de 19 de marzo de 2007 del Concejal de Gobierno de Hacienda y Administración Pública por el que se aprueban las instrucciones para la adquisición centralizada de dichos artículos.
OCTAVO.- El presente Decreto surtirá sus efectos desde el día 1 de febrero de 2009, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Madrid, a 30 de enero de 2009.- El Delegado del Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública, Juan Bravo Rivera.
INSTRUCCIONES PARA LA ADQUISICIÓN CENTRALIZADA DE DIVERSOS ARTÍCULOS DE IMPRENTA Y ARTES GRÁFICAS, EN EL AYUNTAMIENTO DE MADRID Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS.
El procedimiento por el que se llevarán a cabo las adquisiciones singulares de los bienes en los términos previstos en el Acuerdo Marco, una vez publicado el correspondiente Catálogo, será el siguiente:
a) Solicitud.
La solicitud de petición de bienes de adquisición centralizada de artículos de imprenta y artes gráficas, se realizará en el Modelo A-01 "Petición de bienes de adquisición centralizada del Catálogo de Imprenta y Artes Gráficas", que se adjunta como Anexo I a las presentes Instrucciones.
El documento será firmado por el responsable del programa presupuestario y deberá incluir el número de propuesta del certificado de existencia de crédito (documento RC). Este certificado podrá ser emitido para la totalidad de los gastos previstos en la adquisición de artículos de imprenta y artes gráficas en el ejercicio presupuestario del año en curso o para adquisiciones concretas.
En el apartado "código de referencia" se consignará el código asignado en el Catálogo al bien cuya adquisición se propone. Asimismo se cumplimentará el resto de los campos de dicho modelo (centro gestor peticionario, proveedor, código de empresa, y lugar de entrega de los bienes). Además para las familias "Impresos", "Papelería y otros artículos" y "Sobres y bolsas postales" se indicará, en su caso, el código del impreso (C.I.).
No está permitido acumular en una misma solicitud bienes suministrados por diferentes proveedores, si bien podrán acumularse bienes de familias distintas siempre que éstos sean suministrados por la misma empresa.
Para la tramitación de los pedidos será necesario, con carácter general, incorporar a la petición solicitada, el arte final o motivo a imprimir en formato PDF de alta resolución.