BOAM nº 10223 (29/09/2026)
Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte
3635
Decreto de 17 de septiembre de 2026 de la Delegada del Área de Gobierno de Cultura Turismo y Deporte por el que se acepta la renuncia del Espacio Cultural El Montacargas S.L. a la subvención concedida, se declara la pérdida del derecho al cobro y se finaliza el procedimiento con archivo del expediente en la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas destinadas a salas de pequeño formato de actividad escénica, salas de música en directo y espacios independientes de artes visuales y creación artística contemporánea 2026/2027.Mediante Decreto de la Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte de 17 de junio de 2026 se resolvió la concesión de las subvenciones correspondientes a la convocatoria de subvenciones de ayudas destinadas a salas de pequeño formato de actividad escénica, salas de música en directo y espacios independientes de artes visuales y creación artística contemporánea 2026/2027, resultando beneficiario el Espacio Cultural El Montacargas S.L., para la sala Nuevo Montacargas, por un importe de 28.375,56 euros.
De forma previa a haberse hecho efectivo el abono de la citada subvención, el beneficiario presentó con fecha 22 de junio de 2026, su renuncia expresa a la ayuda concedida, alegando incompatibilidad de ésta con la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva de ayudas a festivales y ferias 2026-2027, de la que también ha resultado beneficiario, por Decreto de la Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte de 13 de julio de 2026.
A la vista de lo expuesto,
DISPONGO
PRIMERO.- Aceptar la renuncia y declarar la pérdida del derecho al cobro de la subvención concedida al Espacio Cultural El Montacargas S.L. en la convocatoria pública de subvenciones de ayudas destinadas a salas de pequeño formato de actividad escénica, salas de música en directo y espacios independientes de artes visuales y creación artística contemporánea 2026/2027.
SEGUNDO.- Declarar la finalización del procedimiento con archivo del expediente.
TERCERO.- Publicar el presente decreto en el Boletín Oficial de Ayuntamiento de Madrid y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es).
CUARTO.- Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse:
I.- Recurso de reposición potestativo previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que dictó la resolución en el plazo de un mes, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal de Instancia de Madrid, en el plazo de dos meses, en ambos casos, a partir del día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de la presente resolución. Artículos 30.4, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y disposición adicional primera de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia.
II.- Todo ello, sin perjuicio de que el interesado interponga cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 LPAC).
Madrid, a 17 de septiembre de 2026.- La Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, Marta Rivera de la Cruz.