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BOAM nº 5999 (14/08/2009)
Distrito de Puente Vallecas

1661

Decreto de 17 de marzo de 2009 de la Concejala Presidenta del Distrito de Puente de Vallecas por el que se impone una sanción a don José Luis de la Rosa Rosa y doña Nuria Ferreruela López, expediente nº 114/2008/07682.

Intentada sin efecto la notificación al interesado, se procede a la notificación por medio del presente anuncio de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, pudiendo consultar el texto íntegro en el Negociado de Gestión del Distrito de Puente de Vallecas, avenida de la Albufera, 42.

 

Interesado: José Luis de la Rosa Rosa y Nuria Ferreruela López.

Situación: Colegio Público Concertado Ciudad de los Muchachos.

Número de expediente: 114/2008/07682.

 

Imponer a José Luis de la Rosa Rosa y Nuria Ferreruela López la sanción de multa de 600 euros, como responsables de la infracción de lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 6/1995, de 28 de marzo, de Garantías de Derechos de la Infancia y de la Adolescencia, consistente en no procurar la asistencia al centro escolar de su hija menor de edad, Verónica de la Rosa Ferreruela, en periodo de escolarización obligatoria, sin causa que lo justifique, toda vez que las circunstancias alegadas por el interesado que, en síntesis, se refieren a la falta de recursos económicos, no justifican en sí misma las reiterativas faltas escolares, no desvirtuando los fundamentos del expediente sancionador y considerándose suficientemente acreditada la comisión de la infracción, de conformidad con el informe emitido por la Comisión Técnica de Absentismo Escolar del Distrito de Puente de Vallecas, de fecha 23 de junio de 2008.

 

Todo ello, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 98.6 y 101.a) de la citada Ley, el artículo 137 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el Decreto 245/2000, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración de la Comunidad de Madrid.

 

El importe de la sanción podrá hacerlo efectivo mediante abonaré que podrá retirar en el Negociado de Gestión del Distrito de Puente de Vallecas, en la avenida de la Albufera, 42, de nueve a catorce horas, de lunes a viernes, y durante el plazo de un mes.

 

Lo que le notifico para su conocimiento, efectos y exacto cumplimiento advirtiéndole que esta Resolución pone fin a la vía administrativa, y contra la misma podrá interponer los recursos que a continuación se indican:

 

I.- Recurso potestativo de reposición, ante la Concejala Presidenta, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con la siguiente normativa:

 

- Con carácter general: Artículos 107 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

 

- En especial, para actos sobre aplicación y efectividad de los tributos locales y restantes ingresos de derecho público: Disposición Adicional Quinta LRJPAC, artículo 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local y artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Sin perjuicio de la interposición de la reclamación económico-administrativa conforme a lo dispuesto en los artículos 18 y 35 del Reglamento Orgánico por el que se regula el Tribunal Económico-Administrativo Municipal del Ayuntamiento de Madrid, así como el procedimiento para la resolución de las reclamaciones de su competencia.

 

II.- Directamente, recurso contencioso-administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

 

III.- Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

 

Madrid, a 17 de marzo de 2009.- La Concejala Presidenta del Distrito de Puente de Vallecas, Eva Durán Ramos.

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