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BOAM nº 6270 (15/09/2010)
Distrito de Villa Vallecas

1735

Resolución de 6 de septiembre de 2010 de la Gerente del Distrito de Villa de Vallecas por la que se requiere documentación a Javier Ortiz Muñoz, expediente número 120/2008/06057.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, se procede a la notificación de los siguientes trámites en el marco del expediente administrativo señalado, una vez intentada la notificación en los términos del artículo 59.1 del mismo cuerpo legal, quedando el expediente a disposición del interesado, a los efectos del ejercicio del derecho previsto en el artículo 35 a) de la misma ley en las dependencias de la Junta Municipal de Distrito de Villa de Vallecas, paseo Federico García Lorca, 12, de Madrid:

 

 Una vez comprobada la documentación que acompaña a su solicitud y una vez realizada la adjudicación provisional del quiosco de prensa sito en avenida Las Suertes s/n, es necesario para tramitar el expediente que aporte los siguientes documentos:

  

 En virtud de lo establecido en el artículo 24 de la Ordenanza Reguladora de los Quioscos de Prensa de 27 de febrero 2009:

 

d) Declaración de que la actividad será desempeñada personalmente por el solicitante y por el colaborador de que disponga, en su caso.

e) Declaración de que tanto el solicitante como su cónyuge, o pareja con la que forme unión de hecho, no explotan otro quiosco en la Comunidad de Madrid.

f) Declaración del solicitante manifestando su voluntad de no simultanear la venta de periódicos y revistas con otra actividad fija que pueda reportarle ingresos de carácter periódico.

 

En virtud de lo establecido en el artículo 26 de la Ordenanza Reguladora de los Quioscos de Prensa de 27 de febrero de 2009 deberá presentar la siguiente documentación:

 

a) Documento de homologación del modelo de quiosco a instalar.

b) Plano acotado de planta del quiosco y sus instalaciones a escala 1/100 y su disposición dentro del emplazamiento autorizado en la relación de situados.

c) Documentación acreditativa de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

d) Aquella otra que se considere conveniente y que derive de lo determinado en los Pliegos que rijan la concesión.

  

Nota: La documentación que se presente en fotocopia habrá de serlo en fotocopia compulsada, por lo que deberán aportarse los originales para poder proceder al cotejo.

  

 Deberá remitirlos o presentarlos en el plazo de tres meses contados a partir del día siguiente al que haya publicado el presente requerimiento (artículo 26 de la Ordenanza Reguladora de los Quioscos de Prensa de 27 de febrero de 2009).

 

Si remite la documentación por correo, diríjala a este Distrito, indicando el número del expediente. En el caso de que presente los documentos directamente en el Distrito, deberá hacerlo en días laborables, de lunes a jueves de 9 a 17 horas y los viernes de 9 a 14 horas. En todo caso, deberá presentarla con el mismo número de copias que la solicitud de la licencia.

  

Así mismo, se le comunica que el plazo máximo para resolver este procedimiento y notificar la resolución, quedará suspendido por el tiempo que medie entre la notificación de este requerimiento y su efectivo cumplimiento, o, en su defecto, por el transcurso del plazo concedido; todo ello sin perjuicio de que si, en dicho plazo, no presenta la documentación requerida, se le tendrá por desistido de su petición (artículos 42 y 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

 

Madrid, a 6 de septiembre de 2010.- La Gerente del Distrito de Villa de Vallecas, María del Mar Angulo Pérez.

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