BOAM nº 5917 (17/04/2009)
Distrito de Vicálvaro
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Resolución de 13 de abril de 2009 del Gerente del Distrito de Vicálvaro por la que se impone una sanción a don Jorge Emilio Lara Vallejo, expediente número 119/2008/04040.Intentada sin efecto la notificación al interesado y, de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la notificación por medio del presente anuncio, pudiendo consultar el texto íntegro en el Negociado de Gestión del Distrito de Vicálvaro, plaza Don Antonio de Andrés, 18.
Referencia: 119/2008/04040.
Autoridad municipal competente: El Gerente del Distrito de Vicálvaro.
Emplazamiento: Calle Villardondiego, 17.
Denunciado: Jorge Emilio Lara Vallejo.
Hechos denunciados: "En la zona de elaboración, no existe aparato extractor de humos, manteniendo unas inadecuadas condiciones ambientales en la dependencia".
Norma infringida: Artículo 13.11 de la Ordenanza Reguladora de las Condiciones Higiénico-Sanitarias y Protección de los Consumidores en establecimientos donde se consumen comidas y bebidas (BOCM 2.4.90) y artículo 124 apartados 7 y 21 de la Ordenanza Municipal de Protección de los Consumidores (BOCM 1.7.03).
Calificación de la infracción: Leve, según el artículo 78.1 de la Ordenanza Reguladora de las Condiciones Higiénico-Sanitarias y Protección de los Consumidores en establecimientos donde se consumen comidas y bebidas (BOCM 2.4.90).
Importe de la sanción: 1.000,00 euros, según lo establecido en el artículo 128.1 de la Ordenanza Municipal de Protección de los Consumidores (BOCM 1.7.03).
El importe de la sanción podrá hacerlo efectivo mediante abonaré que podrá retirar en el Negociado de Gestión del Distrito de Vicálvaro, en la plaza de Don Antonio de Andrés, 18; de 9 a 14 horas, de lunes a viernes y durante el plazo de un mes.
Contra la expresada Resolución, podrán interponer los recursos que se indican a continuación:
I.- Recurso potestativo de reposición, ante el Gerente del Distrito, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con la siguiente normativa:
Con carácter general: Artículos 107 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común LRJPAC.
En especial, para actos sobre aplicación y efectividad de los tributos locales y restantes ingresos de derecho público: Disposición Adicional Quinta LRJPAC, artículo 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local y artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Sin perjuicio de la interposición de la reclamación económico-administrativa conforme a lo dispuesto en los artículos 18 y 35 del Reglamento Orgánico por el que se regula el Tribunal Económico-Administrativo Municipal del Ayuntamiento de Madrid, así como el procedimiento para la resolución de las reclamaciones de su competencia.
II.- Directamente, Recurso contencioso-administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la publicación de la presente, artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
III.- Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente, artículo 58 LRJPAC.
Madrid, a 13 de abril de 2009.- El Gerente del Distrito de Vicálvaro, Faustino Álvarez Menéndez.