BOAM nº 7879 (03/04/2017)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid
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Acuerdo de 30 de marzo de 2017 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Políticas de Género y Diversidad.El artículo 17.1 h) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid asigna a la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid la competencia general para establecer la organización y estructura de la Administración municipal ejecutiva, en el marco de las normas orgánicas aprobadas por el Pleno.
Mediante Acuerdos de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid se establecieron la organización y competencias de las distintas Áreas de Gobierno y Distritos que conforman la estructura de la Administración del Ayuntamiento de Madrid, así como de la Gerencia de la Ciudad, la Coordinación General de la Alcaldía y la Presidencia del Pleno.
Por Decreto de 29 de marzo de 2017 de la Alcaldesa se ha modificado el Decreto de 13 de junio de 2015, por el que se establece el número, denominación y competencias de las Áreas en las que se estructura la Administración del Ayuntamiento de Madrid.
La modificación ha consistido en la creación de una nueva Área de Gobierno de Políticas de Género y Diversidad que asuma todas las competencias en materia de políticas de igualdad entre mujeres y hombres, que antes estaban atribuidas al Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo, con la finalidad de promover una igualdad real entre mujeres y hombres, así como de profundizar en las políticas de prevención de la violencia de género.
Dicha circunstancia determina la necesidad de aprobar un Acuerdo para establecer la organización y competencias del Área de Gobierno de nueva creación, a la cual, de conformidad con el mencionado Decreto de la Alcaldesa, le corresponden las políticas de igualdad entre mujeres y hombres y las relativas a la prevención de la violencia de género.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17.2 y 55 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, 19 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid y 4 del Reglamento por el que se regulan las funciones de fe pública en el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos públicos, a propuesta de la titular del Área de Gobierno de Políticas de Género y Diversidad, y previa deliberación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 30 de marzo de 2017,
ACUERDA
"Aprobar el Acuerdo de 30 de marzo de 2017, de organización y competencias del Área de Gobierno de Políticas de Género y Diversidad que se adjunta como Anexo".
ÍNDICE
1º.- Organización del Área de Gobierno de Políticas de Género y Diversidad.
2º.- Competencias del Área de Gobierno de Políticas de Género y Diversidad.
3º.- Titular del Área de Gobierno de Políticas de Género y Diversidad.
1. Competencias generales.
2. Competencias específicas.
3. Gastos.
4. Contratación.
5. Gestión económica.
6. Patrimonio.
7. Encomiendas de gestión.
8. Sanciones y multas coercitivas.
9. Reclamaciones y recursos.
4º.- Coordinación General de Políticas de Género y Diversidad.
1. Competencias generales.
2. Gastos.
3. Contratación.
4. Gestión de procedimientos.
5. Reclamaciones y recursos.
5º.- Secretaría General Técnica.
6º.- Competencias de las Direcciones Generales.
1. Gastos.
2. Contratación.
3. Gestión económica.
4. Sanciones y multas coercitivas.
5. Gestión de procedimientos.
6. Reclamaciones y recursos.
7º.- Dirección General de Promoción de la Igualdad y No Discriminación.
1. Competencias específicas.
8º.- Dirección General de Prevención y Atención frente a la Violencia de Género.
1. Competencias específicas.
9º.- Funciones de fe pública.
1. Libro de Resoluciones.
2. Registros.
3. Tablón de edictos.
4. Certificaciones y copias auténticas.
5. Recursos y revisión de oficio en materia de fe pública.
10º.- Aplicación del Acuerdo.
1. Competencias delegadas.
2. Competencias en materia de contratación.
3. Competencias en materia de fe pública.
4. Competencias reservadas a la Junta de Gobierno.
5. Régimen de suplencia.
6. Tramitación de procedimientos.
7. Referencia a órganos suprimidos.
8. Unidades y puestos de trabajo.
9. Modificaciones presupuestarias, de la relación de puestos de trabajo y de la plantilla de personal.
11º.- Desarrollo, interpretación y eficacia.
1. Habilitación de desarrollo e interpretación.
2. Acuerdos precedentes.
3. Eficacia y comunicación.
1º.- Organización del Área de Gobierno de Políticas de Género y Diversidad.
El Área de Gobierno de Políticas de Género y Diversidad se organiza para el ejercicio de sus competencias en los siguientes órganos directivos y Subdirecciones Generales, así como en las demás unidades y puestos de trabajo que se determinen en la relación de puestos de trabajo:
1. Coordinación General de Políticas de Género y Diversidad.
1.1. Subdirección General de Coordinación, Seguimiento y Aplicación de la Transversalidad de Género.