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BOAM nº 6121 (12/02/2010)
Distrito de Salamanca

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Decreto de 5 de febrero de 2010 del Concejal Presidente del Distrito de Salamanca por el que se aprueba la convocatoria de Subvenciones para el Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana para el ejercicio económico 2010.

El Concejal Presidente del Distrito de Salamanca, por su Decreto de 5 de febrero de 2010, ha adoptado las siguientes resoluciones:

 

"1.  Autorizar un gasto de cincuenta y siete mil veinticuatro euros (57.024,00), con cargo a las partidas que se relacionan:

· 2010/001/204/G/924.01/489.01, Otras transferencias corrientes a instituciones sin fines de lucro, del Programa Participación Ciudadana del vigente Presupuesto Municipal, a la que se imputa la cantidad de 47.024,00 euros. Esta partida está dotada de crédito adecuado y suficiente.

· 2010/001/204/G/924.01/789.01, Otras transferencias de capital a instituciones sin fines de lucro del vigente Presupuesto Municipal, a la que se imputa la cantidad de 10.000,00 euros. Esta partida está dotada de crédito adecuado y suficiente.

 

 2. Aprobar la convocatoria para la concesión de Subvenciones del Distrito de Salamanca para el Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana para el ejercicio económico 2010, de conformidad con lo estipulado en el artículo 23.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y los correlativos artículos de su Reglamento de Desarrollo (Real Decreto 887/2006, de 21 de julio), de acuerdo con los principios de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y a tenor de las previsiones contenidas en la Ordenanza Municipal Reguladora de las Subvenciones de Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Madrid, aprobadas por Acuerdo Plenario de fecha 20 de diciembre de 2007 y cuyo contenido forma parte del presente acuerdo y figura adjunto al mismo.

 

 3. Ordenar la publicación de la referida convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".

 

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DE FOMENTO DEL ASOCIACIONISMO Y LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA DEL DISTRITO DE SALAMANCA

 

Por Decreto de 6 de febrero de 2010 del Concejal Presidente del Distrito de Salamanca, se aprueba la convocatoria de Subvenciones de Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana para la anualidad 2010.

 

Por Acuerdo Plenario de 20 de diciembre de 2007 se aprobó definitivamente la Ordenanza Reguladora de las Subvenciones para el Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Madrid, cuyo texto fue publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 12, de 15 de enero de 2008.

 

En el marco jurídico de esta Ordenanza, se efectúa la Convocatoria de las Subvenciones de Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana del año 2010, con arreglo a las siguientes especificaciones:

 

Artículo 1.- Objeto y ámbito de la convocatoria.

 

El Ayuntamiento de Madrid, a través del Distrito de Salamanca, efectúa esta convocatoria pública de Subvenciones de Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana para el año 2010. La convocatoria se dirige a todas las asociaciones de base que tengan su domicilio social en este Distrito y estén inscritas y declaradas de utilidad pública municipal en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Madrid, y que cumplan los requisitos establecidos en la Ordenanza Municipal Reguladora.

 

Artículo 2.- Modalidades de subvención.

 

La presente convocatoria se refiere a las siguientes modalidades de subvención:

a) Proyectos para financiar operaciones corrientes que realicen las entidades ciudadanas durante el año 2010, que impliquen participación y que tengan un carácter complementario respecto de los objetivos y competencias municipales.

 

Asimismo, podrán presentarse proyectos asociativos propios de los fines de las asociaciones del Distrito, que coadyuven con las competencias municipales, en los distintos sectores de actuación.

 

Las materias en las que se primará el uso de las nuevas tecnologías y acciones relacionadas con las sostenibilidad o Agenda 21, son las siguientes:

 

En materia de participación ciudadana.

 

Proyectos que fomenten la participación ciudadana a través de planes de actuación de fomento, potenciación y publicidad de los órganos de participación existentes en el Ayuntamiento de Madrid, complementarios de los propios planes existentes en el Distrito de Salamanca en esta materia.

 

En materia de asociacionismo.

 

Proyectos que promuevan y contengan iniciativas propias de los fines de las asociaciones del Distrito, facilitadoras de participación, toma de decisiones, sensibilidad social e incorporación del carácter de la participación ciudadana en el Distrito de Salamanca, y que coadyuven con las competencias municipales en los distintos sectores de actuación.

 

En materia de juventud.

 

Proyectos que fomenten la participación de la población juvenil en los órganos participativos del Distrito o que promuevan actividades de ocio saludable, tanto a nivel deportivo como cultural.

 

En materia cultural.

 

Proyectos que interactúen con la Administración en la política cultural, para el fomento de nuevos espacios y actividades culturales.

 

b) Gastos a realizar en el año 2010 relativos a alquiler y adquisición de mobiliario y equipamiento informático de las sedes sociales necesarios para el correcto funcionamiento de la entidad.

 

Estas modalidades se dirigen a las asociaciones, que se encuentren inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento y declaradas de utilidad pública municipal, en los términos establecidos en el Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana aprobado por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 31 de mayo de 2004.

  

Artículo 3.- Principios inspiradores y régimen jurídico.

 

La presente convocatoria se rige por los principios y con arreglo al régimen jurídico previsto en los artículos 2 y 3 de la Ordenanza Reguladora.

 

Artículo 4.- Financiación.

 

Las subvenciones que se concedan al amparo de esta convocatoria, conforme a la Ordenanza Reguladora , en régimen de concurrencia competitiva, se imputarán al crédito recogido en las siguientes partidas:

 

A la partida 2010/001/204/G/924.01/489.01" Otras transferencias a instituciones sin fines de lucro" del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid para 2010, el importe destinado a las subvenciones para proyectos (operaciones corrientes) y gastos de alquiler.

 

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