BOAM nº 7397 (22/04/2015)
Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública
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Decreto de 9 de abril de 2015 de la Delegada del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública por el que se nombra a los miembros de la Comisión de Valoración de la bolsa de trabajo para la selección de personal laboral de la categoría profesional de Socorrista, a efectos de su contratación a tiempo cierto por el Ayuntamiento de Madrid.Por la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos se ha formulado propuesta de nombramiento de los miembros de la Comisión de Valoración que habrán de efectuar la selección de los candidatos a la bolsa de trabajo de personal laboral de la categoría profesional de Socorrista, a efectos de su contratación a tiempo cierto por la Administración del Ayuntamiento de Madrid, convocada por Decreto de 11 de febrero de 2015 de la Delegada del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública.
Corresponde al titular del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública efectuar el nombramiento de los tribunales de selección, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.3.2 i) del Acuerdo de 17 de enero de 2013, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública y se delegan competencias en su titular y en los titulares de sus órganos directivos.
En consecuencia, en uso de las competencias delegadas en el artículo 3.3.2 i) del mencionado Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 17 de enero de 2013,
DISPONGO
Primero.- Nombrar a los miembros de la Comisión de Valoración de la bolsa de trabajo de personal laboral de la categoría profesional de Socorrista, a efectos de su contratación a tiempo cierto por la Administración del Ayuntamiento de Madrid:
Presidente:
Titular: D. Álvaro Bañuelos Moreno
Suplente: D. Juan Clemente Ricote
Vocal:
Titular: D. Óscar Sánchez Campos
Suplente: D. Benjamín Rodríguez Villarroel
Titular: D.ª Asunción Cuesta Sainz
Suplente: D. Ángel Luis Vázquez Ruiz
Titular: D.ª Isabel Espejo García
Suplente: D. Santiago Merino Alañón
Titular: D.ª Margarita Jimeno Calvo
Suplente: D.ª Nieves Rolle Olaya
Titular: D.ª Concepción Aponte Díaz
Suplente: D. Alfonso Bolaños Gázquez
Secretario:
Titular: D. Ignacio Serrano Ramos
Suplente: D. Ángel Luis López Esgueva
Podrá asistir como observadora del desarrollo del procedimiento selectivo D.ª M.ª Victoria García Prudencio. En caso de imposibilidad de asistencia a las sesiones de la Comisión de Valoración de la citada observadora, podrá ser sustituida por D. Rubén Triviño Benito.
Segundo.- Disponer la publicación de este Decreto en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:
- Recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que ha dictado el presente Decreto, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación del mismo en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).
Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que se dicte y notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo, pudiendo en este caso interponer contra la desestimación presunta recurso contencioso-administrativo dentro del plazo de seis meses.
- Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación del presente decreto en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
En ambos casos, el recurso se interpondrá ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a elección de aquél (artículos 8.1 y 14.1.2.ª de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
Todo ello sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente (artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).
Madrid, a 9 de abril de 2015.- La Delegada del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública, Concepción Dancausa Treviño.