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BOAM nº 8259 (17/10/2018)
Agencia Tributaria Madrid

2124

Resolución de 15 de octubre de 2018 del Director del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid por la que se hace público el listado del personal adscrito a la Agencia Tributaria Madrid, a quienes se les ha concedido la ayuda de educación infantil, convocatoria 2018.

Mediante acuerdo de 18 de enero de 2018 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid se modifica el Texto Refundido del Acuerdo sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y de sus Organismos Autónomos para el periodo 2012-2015, en lo concerniente al capítulo VIII "Acción Social".

 

Las bases específicas de la ayuda de educación infantil, establecen en su artículo 1, que se trata de compensar en parte los gastos ocasionados de asistencia a escuela infantil, incluida la alimentación en el centro, durante el curso 2017/2018, a partir de la incorporación al trabajo de los progenitores o las progenitoras, tras la finalización del permiso por parto, adopción o acogimiento, y hasta la fecha de inicio del curso escolar del año en el que el menor o la menor para quien se solicita la ayuda cumpla 3 años de edad.

 

En el supuesto de discapacidad de hijos e hijas, el límite de edad se extenderá hasta la fecha de inicio del curso escolar del año en el que cumplan 6 años. Considerándose personas beneficiarias de esta línea de ayuda los hijos y las hijas del personal municipal, del personal jubilado y pensionista, incluidos en su unidad familiar.

 

Las bases reguladoras de la convocatoria de ayudas de educación infantil establecen, en el apartado 5, un plazo de presentación de solicitudes de 3 de septiembre a 3 de octubre de 2018, ambos inclusive.

 

Así mismo, en el artículo 2 se indica que la cuantía a conceder será de 100 euros, con un máximo anual de 1.100 euros, correspondiente a once mensualidades y su abono se efectuará en un único pago anual.

  

De acuerdo con lo establecido en el artículo 45 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en el artículo 4.3 de las bases generales de las ayudas, las relaciones de solicitudes concedidas y denegadas se publicarán en la intranet municipal "Ayre". Asimismo se publicará en el BOAM extracto del anuncio que se expondrá, junto con dichas relaciones, en el tablón de anuncios de la Subdirección General de Secretaría Técnica de la Agencia Tributaria Madrid, calle Sacramento, número 5, segunda planta.

 

De conformidad con el artículo 15.1 apartado L), de los Estatutos del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, son funciones del Director, entre otras, la dirección y gestión de personal, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Consejo Rector.

 

En consecuencia con lo anteriormente expuesto,

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Publicar en la intranet municipal Ayre la relación de las ayudas de educación infantil de hijos e hijas del personal adscrito al Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid que han sido concedidas en la convocatoria del año 2018 mediante Resolución del Director de la Agencia Tributaria Madrid de 11 de octubre de 2018, y que figuran incluidas en el anexo I.

 

SEGUNDO.- Ordenar la exposición de la citada relación en el tablón de anuncios de la Subdirección General de Secretaría Técnica y Servicios Jurídicos de Tributos de la Agencia Tributaria Madrid, calle Sacramento, número 5, segunda planta, y en la intranet municipal Ayre, con fecha de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

TERCERO.- Contra esta resolución, el personal funcionario podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes, ante el Director del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, de conformidad con lo que establece el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

El personal laboral podrá formalizar contra esta resolución demanda ante la vía judicial laboral, de acuerdo con lo establecido en el artículo 69 del Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, en la forma y plazos establecidos en la norma citada y en el Estatuto de los Trabajadores.

 

Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente conforme determina el artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

 

Madrid, a 15 de octubre de 2018.- El Director del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, José Antonio Díaz de Cerio Villamayor.

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