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BOAM nº 8968 (06/09/2021)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid

2262

Acuerdo de 2 de septiembre de 2021 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se avocan las competencias para la redacción, aprobación y ejecución del proyecto de obras de mejora de la accesibilidad en la conexión peatonal existente en la zona verde que une las calles Sepúlveda y Monsalupe, y se delegan en el Concejal Presidente del Distrito de Latina.

De conformidad con lo establecido en el artículo 136 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid y, consecuentemente, en el artículo 198 de la Ordenanza General de Protección del Medio Ambiente Urbano, de 24 de julio de 1985, al Ayuntamiento de Madrid le corresponde mantener todas las zonas verdes de su propiedad en buen estado de conservación.

 

Dichas actuaciones se incardinan en las competencias generales que atribuye a los municipios el artículo 25.2 b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local en materia de medio ambiente urbano y, en particular, en materia de parques y jardines públicos.

 

La Mesa Técnica de Movilidad y Transporte Público, en la sesión celebrada el 30 de junio de 2021, en el marco de la Estrategia dirigida a un nuevo modelo de movilidad favoreciendo la movilidad peatonal, aprobó la ficha elevada por el Distrito de Latina, relativa a "Mejora de la accesibilidad en la conexión peatonal existente entre la calle Sepúlveda y la calle Monsalupe".

 

La actuación se realiza para mejorar la accesibilidad de una zona con una amplia dotación de equipamientos tanto públicos como privados, sustituyendo la actual escalinata por una rampa que permita salvar el desnivel de la zona.

 

Esta actuación se ejecuta en la zona verde situada entre las calles Sepúlveda, Concejal Francisco José Jiménez Martín y Monsalupe y, concretamente, en la escalinata que une las calles Sepúlveda y Monsalupe, con el fin de acometer obras que mejoren la accesibilidad del entorno. Dicha escalinata se ubica en parcela en alta en el Inventario de Zonas Verdes con una superficie superior a 5.000 m2.

 

De conformidad con lo previsto en el apartado 9.º 1.4 a) del Acuerdo de 4 de julio de 2019 de la Junta de Gobierno, de organización y competencias del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, la Dirección General de Gestión del Agua y Zonas Verdes es competente para proteger, conservar, mejorar y restaurar los espacios que figuran en la relación de Zonas Verdes y Espacios Ajardinados de Conservación Municipal, así como el arbolado de alineación, el arbolado viario y la jardinería y plantaciones de las redes supramunicipales que hayan sido cedidas al Ayuntamiento de Madrid, todo ello sin perjuicio de las competencias atribuidas a los distritos.

 

No obstante, existen razones de índole jurídica, social, técnica y económica que aconsejan que, de forma puntual, las actuaciones proyectadas se realicen por el propio distrito.

 

Dichas razones se derivan, en primer lugar, de la distribución competencial entre el Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad y los distritos. En este sentido, conforme al apartado 4.º 2.8 d) del Acuerdo de 25 de julio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias de los Distritos, la planificación, ejecución y supervisión de actuaciones de mejora y restauración tales como las obras de rehabilitación, remodelación y mejora de los espacios verdes contenidos en los Planes por Distritos del Plan de Infraestructura Verde y Biodiversidad de la ciudad de Madrid, incluidos los pavimentos del viario, corresponden a los distritos únicamente si se trata de "Parques y jardines urbanos" con superficie inferior a 5.000 m2 o si se trata de vegetación espontánea o solares.

 

En el caso que nos atañe la superficie excede de la citada superficie, y no se trata de vegetación espontánea o solares, por lo que el distrito carece de competencias.

 

Desde el punto de vista social, hay que tener en cuenta según ha quedado expuesto en la referida Mesa Técnica Sectorial de Movilidad y Transporte público, la actuación pretendida ha sido muy demandada por los vecinos de la zona.

 

Por otro lado, el distrito ya tiene localizada e identificada la parcela propicia para acometer la actuación y, asimismo, elaborado el proyecto básico para las obras de accesibilidad en la escalinata que une las calles Sepúlveda y Monsalupe. Por tanto, está en disposición para licitar y ejecutar en el presente ejercicio el contrato basado del Acuerdo Marco de Ayuda a la Redacción de Proyectos del Área de Gobierno de Hacienda y Personal, garantizando así la celeridad en su ejecución y dando respuesta a la necesidad de priorizar este proyecto, especialmente relevante para los vecinos del distrito y, en concreto, del barrio Lucero.

 

Del mismo modo, el Distrito de Latina dispone de la financiación necesaria al contar en su presupuesto ordinario con crédito para hacer frente a la redacción del proyecto y haber sido aceptada la financiación de la ejecución de la indicada obra con cargo a fondos PERT.

 

Al mismo tiempo, el distrito cuenta con los recursos humanos y técnicos precisos para abordar, con garantías y con la celeridad precisa, este proyecto en la medida que su diseño ha sido elaborado por los propios servicios técnicos del distrito, que cuentan con la solvencia técnica y experiencia precisa tanto para la dirección y coordinación de la redacción del proyecto, como para la obra de construcción propiamente dicha. A ello se une, además, el compromiso de dar cumplimiento a los Acuerdos del Pleno de la Junta Municipal de Latina y una mayor cercanía a los vecinos y a sus necesidades, que permiten orientar el proyecto para asegurar dar respuesta completa a las exigencias de servicio público que pretenden satisfacerse con esta actuación.

 

Para ello, resulta preciso que la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, conforme a lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, avoque las competencias previamente delegadas en la Dirección General de Gestión del Agua y Zonas Verdes en el apartado 9.º 1.4 a) del Acuerdo de 4 de julio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, única y exclusivamente en lo relativo a redactar el proyecto, preparar, tramitar, adjudicar, formalizar y ejecutar el contrato de obras de mejora de la accesibilidad en la conexión peatonal existente entre las calles Sepúlveda y Monsalupe, y que tales competencias sean posteriormente delegadas en el Concejal Presidente del Distrito de Latina.

 

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17.1 e) y 17.2 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, a propuesta conjunta de la titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía y del titular del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, que eleva la Vicealcaldesa, y previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid en su reunión de 2 de septiembre de 2021,

 

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