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BOAM nº 9057 (18/01/2022)
Coordinación General de la Alcaldía

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Resolución de 13 de enero de 2022 del Director General de la Oficina Digital por la que se aprueba la actuación administrativa automatizada de expedición de certificaciones del Padrón municipal.

La actuación administrativa automatizada está regulada en la Ley 40/2015, del 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y en el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.

 

En el ámbito municipal la actuación automatizada está regulada por la Ordenanza de Atención a la Ciudadanía y Administración Electrónica del Ayuntamiento de Madrid, de 26 de febrero de 2019 (en adelante, OACyAE), y los acuerdos de la Junta de Gobierno de la Ciudad, de 18 de noviembre de 2021, por los que se aprueban las directrices sobre actuación administrativa automatizada y la Política de Identificación y Firma Electrónicas del Ayuntamiento de Madrid.

 

La actuación administrativa automatizada de expedición de certificaciones del Padrón municipal se aprobó por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 13 de febrero de 2020. Su implantación en febrero de 2020 ha permitido reducir los tiempos de respuesta a las solicitudes presentadas por los ciudadanos, así como mitigar las cargas de trabajo administrativas para su elaboración, y facilitar una respuesta inmediata, cuando los ciudadanos la solicitan a través de la sede electrónica, disponible las 24 horas al día y los 7 días de la semana.

 

A su vez, el Acuerdo de 18 de noviembre de 2021 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueban las directrices sobre actuación administrativa automatizada en el Ayuntamiento de Madrid, ha establecido unas directrices comunes para el desarrollo de las actuaciones administrativas automatizadas en la Administración municipal, mediante la definición de unos criterios generales sobre su contenido, órganos responsables y procedimiento de elaboración, facilitando así su rápida aprobación y amplia difusión.

 

El apartado tercero de dicho acuerdo establece que las actuaciones administrativas automatizadas aprobadas con anterioridad a las directrices deben adaptarse a estas en el plazo de dos meses desde su aprobación. Por ello, mediante la presente resolución se realiza la adaptación de la actuación administrativa automatizada de expedición de certificaciones del Padrón municipal prevista en el citado Acuerdo de la Junta de Gobierno de 13 de febrero de 2020.

 

La actuación administrativa automatizada de expedición de certificaciones de empadronamiento se circunscribe a certificaciones con referencia a periodos posteriores al 1 de marzo de 1991, y excluye las que sean de fecha anterior y las que no sea posible obtener de forma automática desde la aplicación de gestión del Padrón de habitantes de Madrid.

 

La actuación automatizada implica el ejercicio de funciones de fe pública, dado que las certificaciones referentes a los datos del Padrón municipal que se expidan tendrán carácter de documento público y fehaciente para todos los efectos administrativos, en virtud de lo dispuesto en el artículo 16.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

 

Los órganos responsables en cuanto a la definición funcional desde el punto de vista del procedimiento, de la supervisión y control del funcionamiento, y a efectos de impugnación, serán la Dirección General de Contratación y Servicios, con competencias en materia de empadronamiento, y la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, como órgano titular de las funciones de fe pública.

 

El Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid será responsable de la definición de las especificaciones de diseño informático, programación, mantenimiento y supervisión, control de calidad y auditoría del sistema de información y del código fuente.

 

Por lo que respecta a las características técnicas de la actuación administrativa automatizada, entre las diversas opciones posibles, se establece como sistema de firma el realizado a través de código seguro de verificación que permite el cumplimiento de los requisitos técnicos establecidos por la OACyAE y el Acuerdo de 18 de noviembre de 2021 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se aprueba la Política de Identificación y Firma Electrónicas del Ayuntamiento de Madrid.

 

Igualmente se establecen como canales para la solicitud por la ciudadanía la sede electrónica, el canal presencial en las Oficinas de Atención a la Ciudadanía Línea Madrid y el teléfono 010.

 

La normativa reguladora en materia de empadronamiento y de la expedición de certificaciones de sus datos se encuentra en la Ley 7/1985, de 2 de abril, en el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, y en la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal.

 

Finalmente, en cuanto al ejercicio de funciones de fe pública, resultan de aplicación la disposición adicional octava de la Ley 7/1985, de 2 de abril, el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional y el Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno, de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía.

 

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 8.º 1.1 q) del Acuerdo de 5 de septiembre de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de la Coordinación General de la Alcaldía,

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Aprobar la actuación administrativa automatizada de expedición de certificaciones del Padrón municipal que se inserta como anexo.

 

SEGUNDO.- La presente resolución surtirá efectos desde el día de su publicación en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid", sin perjuicio de su publicación en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid.

 

Madrid, a 13 de enero de 2022.- El Director General de la Oficina Digital, Fernando de Pablo Martín. 

 

 

ANEXO

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