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BOAM nº 8031 (14/11/2017)
Distrito de Barajas

2456

Decreto de 24 de octubre de 2017 de la Concejala Presidenta del Distrito de Barajas por el que se aprueba la resolución de concesión de subvenciones de Fomento del Asociacionismo para la anualidad 2017 y se dicta su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

La Concejala Presidenta del Distrito de Barajas, en virtud de las atribuciones delegadas por Acuerdo de fecha 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de los Distritos (Boletín de la Comunidad de Madrid núm. 267, de 10 de noviembre de 2015), vista la propuesta de resolución definitiva de fecha 28 de junio de 2017, ha adoptado el siguiente decreto.

 

 "Primero: No admitir a trámite las solicitudes presentadas por APA CP Ciudad de Zaragoza para el proyecto denominado Fiesta Convivencia y Amistad 2017 y para gastos de funcionamiento, en la convocatoria de subvenciones de Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana del Distrito de Barajas, anualidad 2017, al no ajustarse a las bases de la misma y no cumplir los requisitos necesarios para acceder a las subvenciones propuestas, en los términos previstos en el artículo 5.2 de las bases de la convocatoria.

 

 Segundo: Admitir a trámite el resto de solicitudes presentadas en la convocatoria de subvenciones de Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana del Distrito de Barajas, anualidad 2017, al ajustarse a las bases de la misma y considerarse suficiente la documentación incorporada en cada una de ellas, conforme a los modelos de solicitud y anexos normalizados, así como la de subsanación en su caso aportada a dichos expedientes, y considerarse que los beneficiarios reúnen todos los requisitos necesarios para acceder a las subvenciones propuestas, en los términos previstos en el artículo 5 de las bases de la convocatoria.

 

 Tercero: Desestimar la solicitud presentada por el C.D. Barajas correspondiente a los gastos de funcionamiento por importe de 3.000 euros, al no haber alcanzado la puntuación mínima de 40 puntos en la valoración de la modalidad de Gastos de Mantenimiento de Sedes Sociales, artículo 13.2 de la convocatoria.

 

Cuarto: Desestimar la solicitud presentada por la Asociación de vecinos San Roque correspondiente a los gastos de funcionamiento por importe de 846 euros, al no haber alcanzado la puntuación mínima de 40 puntos en la valoración de la modalidad de Gastos de Mantenimiento de Sedes Sociales, artículo 13.2 de la convocatoria.

 

 Quinto: Comprometer, previa su fiscalización por la Intervención Delegada de este Distrito, las cantidades correspondientes que ascienden globalmente a 42.767 euros, en concepto de subvención de proyectos y gastos de alquiler y funcionamiento de sede social, imputables a la aplicación presupuestaria 001/221/924.01/489.01 "Participación Ciudadana. Otras transferencias a instituciones sin fines de lucro", y la cantidad de 3.029,92 euros, en concepto de subvención para gastos de adquisición de mobiliario y equipamiento, imputables a la aplicación presupuestaria 001/221/924.01/789.01 "Participación Ciudadana. Otras transferencia de capital a instituciones sin fines de lucro" del Presupuesto Municipal del año 2017.

 

 Sexto: Corregir error material advertido en las propuestas de resolución provisional y definitiva, donde figura importe de 450 euros a conceder a la asociación vecinal Barajas para gastos de adquisición de mobiliario, siendo el importe correcto a conceder 446,37 euros.

 

Séptimo: Conceder de forma definitiva las subvenciones para el Fomento del Asociacionismo y la Participación Ciudadana en el Distrito de Barajas, anualidad 2017, a las 13 entidades ciudadanas solicitantes que a continuación se relacionan, para los proyectos, gastos de alquiler y mantenimiento y gastos de adquisición de mobiliario y equipamiento que asimismo se detallan.

 

Octavo: De conformidad con el artículo 19.7 de la convocatoria, publicar la resolución definitiva en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid https://sede.madrid.es. Estas publicaciones sustituirán a las notificaciones surtiendo sus mismos efectos. Igualmente, se dará publicidad a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, de conformidad con lo establecido por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones".

 

Contra estas resoluciones, que ponen fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación.

 

I.- Recurso potestativo de reposición, ante la Concejala Presidenta de este Distrito, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

II.- Directamente, recurso contencioso administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

 

III.- Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

Madrid, a 24 de octubre de 2017.- La Concejala Presidenta del Distrito de Barajas, Marta Gómez Lahoz.

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