BOAM nº 7665 (24/05/2016)
Distrito de San Blas-Canillejas
1143
Resolución de 20 de mayo de 2016 del Coordinador del Distrito de San Blas-Canillejas por la que publica la notificación del trámite de audiencia previo a la orden de ejecución de obras efectuada a Herederos de Braulio Peñas Sánchez, expediente número 117/2015/02975.No habiendo sido posible llevar a efecto la notificación al interesado, y de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la notificación y edicto, por medio del presente anuncio, del trámite de audiencia previo a la orden de ejecución de obras en la calle Fuencemillán, 10, expediente número 117/2015/02975, pudiendo consultar el texto íntegro en la Sección de Disciplina Urbanística y Procedimiento Sancionador del Distrito de San Blas-Canillejas, avenida de Arcentales, 28.
Interesado: Herederos de Braulio Peñas Sánchez.
Emplazamiento: Calle Fuencemillán, 10.
Deficiencias: Abundante vegetación de crecimiento espontáneo.
Actuación propuesta: Desbroce y limpieza, según establece el artículo 7.2.c de la OCRERE.
Plazo de iniciación de las obras: 15 días.
Plazo de ejecución de las obras: 30 días.
Girada visita de inspección por los Servicios Técnicos Municipales a la finca de referencia, se ha podido comprobar la existencia de las deficiencias que se citan. A fin de proceder a su subsanación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 168.1 y 170 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid y artículo 6 de la Ordenanza de Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones, se propone la actuación indicada, señalando el plazo de iniciación de las obras y su plazo de ejecución.
Por lo tanto, previamente a la emisión de la orden de ejecución correspondiente, se concede trámite de audiencia al interesado para que, en el plazo de diez días contados desde el siguiente a la recepción de la presente notificación, realice las alegaciones y presente los documentos y justificaciones que estime pertinentes en defensa de sus derechos e intereses, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 de la Ordenanza de Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones y el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, a 20 de mayo de 2016.- El Coordinador del Distrito de San Blas-Canillejas, José Luis de Pablo Trabalón.