BOAM nº 7114 (25/02/2014)
Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública
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Decreto de 18 de febrero de 2014 de la Delegada del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública por el que se sustituye a la Secretaria suplente y se rectifica el error material advertido en el Decreto de 31 de octubre de 2013 por el que se nombra el Tribunal calificador de las pruebas selectivas para proveer plazas de Auxiliar Sanitario en ejecución del proceso de Consolidación de Empleo Temporal del personal funcionario del Ayuntamiento de Madrid.Por la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, a la vista del escrito de D.ª Eva María Molina Arroba, se ha formulado propuesta de modificación de la composición del Tribunal Calificador nombrado por Decreto de la Delegada del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública de 31 de octubre de 2013 para proveer en ejecución del proceso de Consolidación de Empleo Temporal de personal funcionario del Ayuntamiento de Madrid, 20 plazas de Auxiliar Sanitario convocadas por Decreto de 12 de junio de 2013 y, en virtud de lo establecido en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en uso de la competencia atribuida en el apartado tres de la disposición adicional, del Acuerdo de 17 de enero de 2013 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública y se delegan competencias en su titular y en los titulares de sus órganos directivos, de la subsanación del error material advertido en dicho Decreto.
La composición del Tribunal Calificador para esta categoría se ajustará a lo previsto en el punto 7.1 de las Bases Generales para la selección de personal funcionario.
Corresponde al titular del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública la competencia para el nombramiento de los miembros de los tribunales de selección, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.3.2 i) del Acuerdo de 17 de enero de 2013 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública y se delegan competencias en su titular y en los titulares de sus órganos directivos.
En consecuencia, en uso de las competencias delegadas en el artículo 3.3.2 i) del mencionado Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 17 de enero de 2013,
DISPONGO
Primero.- Nombrar a D.ª María Milagros Fraile Soria, en sustitución de D.ª Eva María Molina Arroba, Secretaria suplente del Tribunal Calificador nombrado por Decreto de 31 de octubre de 2013 en el proceso extraordinario de Consolidación de Empleo Temporal de personal funcionario del Ayuntamiento de Madrid convocado por Decreto de 12 de junio de 2013 para proveer 20 plazas de Auxiliar Sanitario.
Segundo.- Rectificar el error material advertido en el Decreto de 31 de octubre de 2013 por el que se nombra a los miembros del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para proveer plazas de Auxiliar Sanitario en ejecución del proceso de Consolidación de Empleo Temporal en el Ayuntamiento de Madrid en el siguiente sentido:
Donde dice: "Nombrar a D.ª María Nieves Pino Escudero como Vocal suplente".
Debe decir: "Nombrar a D.ª Marina Nieves Pino Escudero como Vocal suplente".
Tercero.- Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:
I.- Recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que ha dictado el presente decreto, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación del mismo en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).
Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que se dicte y notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo, pudiendo en este caso interponer contra la desestimación presunta recurso contencioso-administrativo dentro del plazo de seis meses.
II.- Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación del presente decreto.
En ambos casos, el recurso contencioso-administrativo se interpondrá ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a elección de aquél (artículos 8.1 y 14.1.2ª de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
III.- Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime procedente (artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).
Madrid, a 18 de febrero de 2014.- La Delegada del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública, Concepción Dancausa Treviño.