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BOAM nº 5899 (06/03/2009)
Área de Gobierno de Familia y Servicios Sociales

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Resolución de 26 febrero de 2009 del Secretario General Técnico del Área de Gobierno de Familia y Servicios Sociales por la que se notifica el Decreto de 3 de noviembre de 2008 de la Delegada del Área de Gobierno de Familia y Servicios Sociales por el que se inicia el procedimiento de reintegro de la aportación económica a la Asociación de Jóvenes Inmigrantes (AJI - ATIME) para el desarrollo del proyecto “Dinamización sociocultural de la población juvenil en Lavapiés“.

Intentada sin efecto la notificación al interesado, expediente 171/2008/01266, y de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la notificación por medio del presente anuncio.

 

La Delegada del Área de Gobierno de Familia y Servicios Sociales, por Decreto de 3 de noviembre de 2008, de conformidad con lo señalado en los artículos 41, 42 y 51 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y 94 y siguientes del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones y en virtud de las atribuciones conferidas por acuerdo de la Junta de Gobierno de 18 de junio de 2008, por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Familia y Servicios Sociales y se delegan competencias en su titular y en los titulares de los órganos directivos (artículo 3.2.a), y de conformidad con el informe propuesta de la Dirección General de Inmigración y Cooperación al Desarrollo de fecha 4 de octubre de 2008, ha dispuesto lo siguiente:

 

"Primero: Acordar, a la vista de los informes que figuran en el expediente, el inicio del procedimiento de reintegro parcial por importe de 701,79 euros, de la subvención concedida a favor de la entidad Asociación de jóvenes inmigrantes - AJI ATIME, con CIF: G-80676935, para el proyecto "Dinamización sociocultural de la población juvenil en Lavapiés" al amparo de la Convocatoria 2004 de la Dirección General de Inmigración y Cooperación al Desarrollo, por no aportar los documentos TC'1 como justificantes del gasto en concepto de Seguridad Social conforme a lo exigido en el artículo 189.2 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales y en el artículo 38 de las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal.

 

Segundo: La cantidad que se determine a reintegrar por la entidad una vez finalizado este procedimiento, deberá incrementarse con los intereses de demora que correspondan con arreglo a lo dispuesto en el art. 94.4 del Reglamento de la LGS, aprobado por el R.D. 887/2006, de 21 de julio".

 

Lo que notifico para su conocimiento y efectos advirtiéndole que, de conformidad con lo señalado en el artículo 51.1 de la Ley General de Subvenciones, dispone del plazo de 15 días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio, para presentar las alegaciones que considere oportunas en su defensa.

 

 Madrid, a 26 de febrero de 2009.- El Secretario General Técnico del Área de Gobierno de Familia y Servicios Sociales, Luis Martínez-Sicluna Sepúlveda.

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