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BOAM nº 10143 (09/06/2026)
Distrito de Moncloa-Aravaca

2175

Decreto de 4 de junio de 2026 del Concejal Presidente del Distrito de Moncloa-Aravaca por el que se aprueba el otorgamiento de las autorizaciones de uso de las casetas instaladas en el recinto ferial de San Antonio de la Florida para las fiestas de 2026, de acuerdo con los resultados obtenidos en el acto público celebrado el día 28 de mayo de este año, tal y como establecen las bases reguladoras de este procedimiento, aprobadas por Decreto de 8 de mayo de 2026.

Con motivo de las Fiestas de San Antonio de la Florida de 2026, el Concejal Presidente del Distrito de Moncloa-Aravaca, órgano competente para resolver en el presente expediente, en virtud de las atribuciones conferidas por Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de los Distritos (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid núm. 172, de 21 de julio de 2023), ha aprobado el siguiente

 

DECRETO

 

PRIMERO.- Que, en ejecución de lo establecido en la Ordenanza Reguladora de la Gestión de Recintos de Ferias y Festejos Populares de las Juntas Municipales de Distrito, aprobada por Acuerdo Plenario de fecha 30 de julio de 1998, mediante Decreto de 8 de mayo de 2026 del Concejal Presidente del Distrito de Moncloa-Aravaca, se aprueban las bases reguladoras por las que se regirá el procedimiento para el otorgamiento, en régimen de concurrencia, de las autorizaciones de uso de las casetas que se montarán en el recinto ferial para las Fiestas de San Antonio de la Florida 2026 (las bases, en adelante).

 

De acuerdo con el apartado quinto de las bases: "Una vez revisada la documentación de las solicitudes admitidas, se convocará a los participantes, mediante correo electrónico, a un acto público que se comunicará a las partes interesadas con la antelación suficiente, para la asignación concreta de los situados, haciendo uso, en su caso, de la fórmula del sorteo.

 

…Finalizado este acto, se levantará acta por parte del Secretario del Distrito y se elevará al Concejal Presidente la propuesta de otorgamiento de las autorizaciones para la instalación de las casetas de acuerdo con los resultados obtenidos, que será resuelta mediante decreto publicado en el BOAM para general conocimiento".

 

SEGUNDO.- Revisadas las solicitudes de participación, mediante Decreto del Concejal Presidente del Distrito de Moncloa-Aravaca de fecha 28 de mayo de 2026, se desestima la solicitud presentada por el Club Deportivo Elemental Nautilus, con fecha 26 de mayo de 2026, para la autorización para uso de una caseta en el recinto ferial durante las Fiestas de San Antonio de la Florida de 2026 por no cumplir uno de los requisitos esenciales establecidos en el apartado tercero, punto 3, de las bases reguladoras de la convocatoria del procedimiento para el otorgamiento, en régimen de concurrencia, de las autorizaciones de uso de las casetas en el recinto ferial durante las Fiestas de San Antonio de la Florida para 2026.

 

TERCERO.- Con fecha 28 de mayo de 2026 se celebra el acto público a que se refiere el apartado quinto de las bases y sin necesidad de acudir a la fórmula de sorteo, resultó la siguiente distribución:

 

- Grupo Municipal Partido Popular, caseta núm. 4.

- Grupo Municipal Más Madrid, caseta núm. 3.

- Grupo Municipal Socialista, caseta núm. 2.

- Grupo Municipal Vox, caseta núm. 1.

- Asociación Vecinal Manzanares-Casa de Campo, caseta núm. 6.

- Aociación de Vecinos Cuartel de Montaña, caseta núm. 7.

- Asociación Club Ciringanillos, caseta núm. 8.

- Asociación Club Olímpico 64, caseta núm. 9.

- Asociación Grupo Scout Kimball 110, caseta núm. 10.

- Asociación de Comerciantes y Emprendedores de Madrid, caseta núm. 5.

 

Levantada acta del acto público, se formula propuesta de adjudicación en base al resultado obtenido en el acto público.

 

CUARTO.- No obstante lo anterior, y según consta en acta del acto público, se solicita la unión de las casetas núm. 7 y 8 para ejercer la actividad conjuntamente.

 

A tal efecto, solicitado informe técnico al Servicio de Medio Ambiente y Escena Urbana, este contesta con fecha 1 de junio de 2026, manifestando lo siguiente:

 

"En relación con la petición recibida de la Secretaría del Distrito de emisión de informe técnico acerca de la solicitud de unión de las casetas adjudicadas a las asociaciones n.º 7 y n.º 8 para las Fiestas del Barrio de San Antonio de la Florida, a celebrar en el recinto ferial San Antonio de la Florida (avenida Valladolid, nº. 1), por el presente, a priori, se informa que:

 

- Revisado el Plan de Emergencias del año 2025 (y los precedentes), no afecta la posición de las casetas a las vías de evacuación previstas del recinto ferial.

- No se ven afectadas las condiciones técnicas de las casetas, ni de sus instalaciones.

- No existen impedimentos técnicos para la unión de las casetas indicadas".

 

Por todo lo anterior, se considera técnicamente viable la unión de las casetas 7 y 8, según consta en plano definitivo adjunto al presente decreto.

 

QUINTO.- De acuerdo con lo establecido en el apartado sexto de las bases, los adjudicatarios deberán presentar en el plazo de diez días la siguiente documentación:

 

A) Seguro de responsabilidad civil en vigor cuya titularidad corresponda al partido político o entidad propuesta.

 

- La cuantía no será inferior a 300.000 €, sin franquicia, quedando esta Junta Municipal de Distrito exenta de cualquier tipo de responsabilidad por este motivo.

- Concepto: La póliza deberá dar cobertura a los riesgos que se puedan derivar del ejercicio de la actividad concreta que se va a ejercer durante los días de funcionamiento, más concretamente, la actividad de casetas y barras de venta de bebidas en fiestas populares, o certificado de la aseguradora que indique en la póliza general suscrita por la entidad o grupo político, que se encuentra incluido el uso de hostelería en vías públicas durante la celebración de ferias y fiestas populares.

- Pago: La póliza deberá acompañarse del recibo acreditativo del pago de la prima.

 

B) Los certificados de manipuladores de alimentos en vigor de todo el personal adscrito al servicio de la caseta o certificado de formación actualizado.

 

La falta de presentación de la documentación en el plazo establecido supondrá la anulación de la propuesta de la adjudicación, que lo será a favor de los suplentes, si los hubiera, según el orden establecido anteriormente.

 

Igualmente, cualquier renuncia a la caseta, deberá hacerse obligatoriamente mediante escrito presentado en el registro de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid, https://sede.madrid.es, con un mínimo de 2 días hábiles de antelación al inicio de las fiestas. Aquellas entidades cuyas renuncias no cumplan este requisito de deber de información conllevará la inhabilitación para años sucesivos.

 

Madrid, a 4 de junio de 2026.- El Concejal Presidente del Distrito de Moncloa-Aravaca, Francisco de Borja Fanjul Fernández-Pita.

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