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BOAM nº 7650 (29/04/2016)
Agencia para el Empleo

928

Resolución de 25 de abril de 2016 de la Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid por la que se nombra a los miembros de la Comisión de Valoración que habrá de efectuar la selección de los candidatos/as de las bolsas de trabajo de puestos de monitor/a en la Agencia para el Empleo de Madrid.

Por la Subdirección General de Recursos Humanos se ha formulado propuesta de nombramiento de los miembros de Comisión de Valoración que habrán de efectuar la selección de los candidatos/as admitidos/as en las bolsas de trabajo de monitores/as convocadas por Resolución de la Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid.

 

Corresponde a la Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid efectuar el nombramiento de los miembros de los tribunales de selección, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 15.1 k) de los Estatutos de la Agencia para el Empleo de Madrid (BOCAM n.º 154 de 30 de junio de 2004).

 

En consecuencia, en uso de las competencias delegadas en el artículo 3.3.2,

 

RESUELVO

 

Primero.- Nombrar a los miembros de la Comisión de Valoración de la bolsa de trabajo de monitores/as en de la Agencia para el Empleo de Madrid:

 

Presidente:

 

Titular:

D. José María Meneses Castillo

Suplentes:

D. Antonio San  Martín Martínez

D. Javier Lorenzo Marcos

 

Vocales:

 

Titular:

Dña. Prado Buitrón Ruiz

Suplentes:

Dña. Ana Isabel Escobar Lavela

Dña. Ana Isabel Valera Serrano

 

Titular:

Dña. Olga Pascua Fernández

Suplentes:

Dña. Mar Plaza Garrido

D. Gerardo López Morales

   

Secretario:

 

Titular:

Dña Laura Martínez Álvarez

Suplente:

Dña. Concepción Alonso Martínez

 

Podrá asistir como observador del desarrollo del procedimiento selectivo, con voz pero sin voto, un observador designado por el Comité de Empresa.

 

Segundo.- Disponer la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

- Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que ha dictado la presente resolución, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación de la misma en el Boletín Oficial de Ayuntamiento de Madrid (artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común).

 

Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que se dicte y notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo, pudiendo en este caso interponer contra la desestimación presunta recurso contencioso administrativo en el plazo de seis meses.

  

- Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

En ambos casos, el recurso se interpondrá ante el Juzgado Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor del impugnado, a elección de aquel (artículos 8.1 y 14.2ª de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

 

Todo ello sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente (artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

 

Madrid, a 25 de abril de 2016.- La Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid, Belén García Díaz.

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