BOAM nº 6239 (03/08/2010)
Distrito de San Blas
1575
Resolución de 5 de junio de 2009 del Gerente del Distrito de San Blas por la que se notifica requerimiento para la aportación de documentación a don Antonio Torres Ramos, expediente número 117/2009/03270.Intentada sin efecto la notificación al interesado y, de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la notificación del presente requerimiento contenido en el expediente número 117/2009/03270, para que don Antonio Torres Ramos dé cumplimiento al mismo, de conformidad con la Ordenanza Reguladora de la Tenencia y Protección de los Animales (aprobada por Ayuntamiento Pleno en sesión de 26 de julio de 2001, B.O.C.M. de 31 de agosto de 2001).
Se le concede el plazo de un mes que contará a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio para:
1.- Presentar la documentación del animal, consistente en: Seguro de responsabilidad civil, licencia administrativa para la tenencia de animales potencialmente peligrosos y certificación de inscripción en el registro de animales potencialmente peligrosos en los registros habilitados para tal fin. Artículos 5.2 y 14 de la citada Ordenanza.
2.- Realizar las salidas de estos animales a espacios públicos o privados de uso común, en todo momento bajo el control de una persona responsable mayor de edad. Siendo obligatoria la utilización de bozal y correa resistente de menos de dos metros de longitud. Artículo 16.2 de la citada Ordenanza.
3.- Siempre que se encuentre los animales en espacios públicos o privados de uso común, la persona que los conduzca y controle deberá llevar consigo la licencia administrativa y la certificación de inscripción de los perros en el registro municipal de animales potencialmente peligrosos. Artículo 8.1 del Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos.
Apercibiéndole de que en caso de incumplimiento y por tratarse de infracciones calificadas de graves y muy graves en la precitada Ordenanza Reguladora de la Tenencia y Protección de los Animales, le serán impuestas las sanciones administrativas correspondientes previa instrucción de oportuno expediente previsto según la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Dicha documentación se podrá presentar en cualquiera de los Registros de las Juntas Municipales de Distrito y en los Registros de las Áreas de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid, o en cualquiera de los lugares y formas establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, indicando el número de expediente.
Madrid, a 5 de junio de 2009.- El Gerente del Distrito de San Blas, Gerardo Ravassa Checa.