BOAM nº 10180 (30/07/2026)
Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias
2996
Decreto de 28 de julio de 2026 de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias por el que se rectifican y corrigen errores materiales detectados en las bases específicas que rigen la convocatoria de pruebas selectivas para proveer 152 plazas de personal funcionario de carrera de la categoría de Bombero/a Especialista del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid.Corresponde al Coordinador General de Seguridad y Emergencias formular la propuesta de aprobación de las bases específicas que regirán las pruebas selectivas que convoque el Ayuntamiento de Madrid para el acceso a las categorías de Bombero/a Especialista del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid, en cumplimiento del apartado 6.º1.1 del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.5 del Acuerdo Convenio sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos para el periodo 2019-2022 (BOAM núm. 8.307, de 2 de enero de 2019), las bases fueron sometidas a la consideración de la Mesa General de Negociación del Personal Funcionario del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos, en las sesiones celebradas los días 1 y 3 de octubre de 2025.
Por Decreto de 8 de octubre de 2025 de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias se aprobaron las bases específicas que rigen la convocatoria de pruebas selectivas para proveer plazas de personal funcionario de carrera de la categoría de Bombero/a Especialista del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid (BOAM núm. 9.982, de 10 de octubre de 2025).
Mediante Resolución del Coordinador General de Seguridad y Emergencias de 14 de octubre de 2025, (BOAM núm. 9.985 de 15 de octubre de 2025), se convocaron 152 plazas de la categoría indicada.
Al amparo de lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas que establece que «las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos», detectados errores materiales en la redacción del tema 16. INTERVENCIONES EN ARBOLADO URBANO del BLOQUE II. CONOCIMIENTOS ESPECÍFICOS del ANEXO III: TEMARIO y del apartado 8. PRUEBA DE HABILIDADES FUNCIONALES: Movimiento manual de cargas del ANEXO IV: EJERCICIO DE APTITUDES FÍSICAS Y HABILIDADES FUNCIONALES, se procede a su rectificación.
Por tanto, el tema 16. INTERVENCIONES EN ARBOLADO URBANO del BLOQUE II. CONOCIMIENTOS ESPECÍFICOS del ANEXO III: TEMARIO, en su sexta línea, donde establece:
«16. INTERVENCIONES EN ARBOLADO URBANO. […] Desarme de un árbol […]».
Debe modificarse por:
«16. INTERVENCIONES EN ARBOLADO URBANO. […] Desrame de un árbol […]».
Quedando el tema 16 redactado de la siguiente forma:
16. INTERVENCIONES EN ARBOLADO URBANO. La motosierra. Motosierra con motor de explosión. Motor de dos tiempos. Elementos de confort. Elementos de seguridad. Grupo de motor y averías comunes. Cadena de corte. Consideraciones especiales. Equipo de seguridad y protección. EPIs. Protección personal. Arranque de la motosierra. Consideraciones previas. Técnicas de arranque. Accidentes más comunes. Medidas preventivas. Normas de seguridad en intervención. Evaluación del árbol viario. Tipos de cortes. Técnicas de trabajo desde el suelo. Talado o apeo de un árbol. Desrame de un árbol. Tronzado de un árbol. Técnicas de trabajo en altura. Cabuyería, nudos más utilizados en arbolado. Técnicas de saneado en altura. - Especificaciones para BAM.
Asimismo, en el apartado 8. PRUEBA DE HABILIDADES FUNCIONALES: Movimiento manual de cargas del ANEXO IV: EJERCICIO DE APTITUDES FÍSICAS Y HABILIDADES FUNCIONALES, donde se establece:
«La prueba consistirá en la elevación de un número de cargas a una determinada altura. […] La balda tendrá unas medidas aproximadas de 160x40 m y estará separada a unos 40 cm de la pared del cerramiento donde se realiza la prueba […]».
Siendo evidente la referencia errónea a la unidad de medida (metros) pues constituye una medida desproporcionada, procede su subsanación por la unidad de medida correcta (centímetros).
Debe modificarse por:
«La prueba consistirá en la elevación de un número de cargas a una determinada altura. […] La balda tendrá unas medidas aproximadas de 160x40 cm y estará separada a unos 40 cm de la pared del cerramiento donde se realiza la prueba […]».
Finalmente, las modificaciones introducidas en las bases específicas de la convocatoria rectifican los errores materiales detectados y no suponen cambio sustancial en los requisitos de participación de las personas aspirantes ni en el desarrollo del proceso selectivo al no alterar ni la tipología ni la forma de calificación de los ejercicios que lo componen. Por tanto, no procede la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes en tanto que no se vulnera ninguno de los derechos de las personas aspirantes ni de los principios de acceso a la Función Pública.
Asimismo, la Mesa General de Negociación del Personal Funcionario ha sido informada de la existencia de los errores materiales observados en la redacción del tema 16. INTERVENCIONES EN ARBOLADO URBANO del BLOQUE II. CONOCIMIENTOS ESPECÍFICOS del ANEXO III: TEMARIO y del apartado 8. PRUEBA DE HABILIDADES FUNCIONALES: Movimiento manual de cargas del ANEXO IV: EJERCICIO DE APTITUDES FÍSICAS Y HABILIDADES FUNCIONALES.
De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 3.º 2.7 del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, corresponde la competencia para aprobar las bases de convocatoria de selección del personal del Cuerpo de Bomberos, a la persona que ostente la titularidad del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias.
De conformidad con lo expuesto, a propuesta del Coordinador General de Seguridad y Emergencias,
DISPONGO
PRIMERO.- Rectificar y corregir, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los errores materiales detectados en la redacción del tema 16. INTERVENCIONES EN ARBOLADO URBANO del BLOQUE II. CONOCIMIENTOS ESPECÍFICOS del ANEXO III: TEMARIO y del apartado 8. PRUEBA DE HABILIDADES FUNCIONALES: Movimiento manual de cargas del ANEXO IV: EJERCICIO DE APTITUDES FÍSICAS Y HABILIDADES FUNCIONALES, en los términos que se indica a continuación: