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BOAM nº 7862 (08/03/2017)
Distrito de San Blas-Canillejas

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Resolución de 2 de marzo de 2017 de la Coordinadora del Distrito de San Blas Canillejas por la que se publica la notificación de Resolución de orden de ejecución de obras efectuada a INTERBARAJAS 2004, S.L., expediente número 117/2017/00254.

Intentada sin efecto la notificación al interesado, y de conformidad con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a la notificación y edicto, por medio del presente anuncio, de la resolución de orden de ejecución de obras en la calle Manuel Vázquez Montalbán, 15, parcelas 37-38-39, expediente número 117/2017/00254, pudiendo consultar el texto íntegro en la Sección de Disciplina Urbanística y Procedimiento Sancionador del Distrito de San Blas-Canillejas, avenida de Arcentales, 28.

 

El/la Coordinador/a de este Distrito, en virtud de las atribuciones conferidas mediante Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de los Distritos (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid núm. 267, de 10 de noviembre de 2015) y en virtud del apartado 8 del punto primero de la Resolución del Director de la Agencia Tributaria de 30 de diciembre de 2015 (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid núm. 8, de 11 de enero de 2016), ha aprobado, por Resolución de fecha 06/02/2017, lo siguiente:

 

"Primero.- Ordenar a Interbarajas 2004, S.L., la ejecución de las obras consistentes en:

1. Se deberán tomar medidas encaminadas a evitar el acceso incontrolado de personas al interior de la parcela.

2. Se deberá ejecutar un cerramiento de carácter permanente, conforme al artículo 6.10.17 de las normas urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid.

3. Se deberá limpiar la parcela de suciedad y de vegetación espontánea

4. Se deberá proceder a proteger o a eliminar todo tipo de elementos que pudieran ser causa de accidente, en el solar sito en calle Manuel Vázquez Montalbán, número 15, parcelas 37-38-39, y que deberán ser realizadas en los plazos establecidos y según la documentación que deberá ser presentada, de conformidad con los artículos 168.1 y 170 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y el artículo 6 de la Ordenanza de Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones, con la advertencia, según el artículo 33.2 de la citada ordenanza, en caso de incumplimiento, de la imposición de multas coercitivas, la incoación del correspondiente procedimiento sancionador, según lo establecido en los artículos 170.2 y 202 y siguientes de la Ley 9/2001 y la incoación del procedimiento declarando el incumplimiento del deber de conservar o rehabilitar.

 

Dichas actuaciones se iniciarán de forma inmediata, sin previo trámite de audiencia al interesado, debido al posible peligro en la demora, de conformidad con el artículo 33.3 de la Ordenanza sobre Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones, de 22 de diciembre de 2011.

 

Segundo.- Aprobar la liquidación de la tasa correspondiente por un importe de 347,35 euros, practicada conforme a lo establecido en la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios Urbanísticos".

 

Madrid, a 2 de marzo de 2017.- La Coordinadora del Distrito de San Blas-Canillejas, Delia Berbel Aguilera.

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