BOAM nº 7023 (10/10/2013)
Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública
1936
Resolución de 8 de octubre de 2013 del Director del Instituto de Formación y Estudios del Gobierno Local de Madrid por la que se da publicidad al Acuerdo de la Comisión General de Formación relativo a las acciones formativas del Plan de Formación del Ayuntamiento de Madrid año 2013 cuya gestión corresponde a las Organizaciones Sindicales, en aplicación del Acuerdo sobre condiciones de trabajo para el periodo 2012-2015.En desarrollo del vigente texto refundido del Acuerdo sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y de sus Organismos Autónomos para el periodo 2012-2015, la Comisión General de Formación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos, en su sesión de fecha 11 de julio de 2013, ha aprobado la relación definitiva de acciones formativas, incluidas en el Plan de Formación del Ayuntamiento de Madrid para el año 2013, cuya gestión corresponde a las organizaciones sindicales presentes en la Subcomisión de Formación del Personal Funcionario y en la Subcomisión de Formación del Personal Laboral.
La oferta formativa se acompaña como documentos anexos a esta Resolución.
El Acuerdo de 17 de enero de 2013, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública y se delegan competencias en su titular y en los titulares de los órganos directivos, atribuye al Instituto de Formación y Estudios del Gobierno Local de Madrid, en su artículo 21, la competencia para el diseño y ejecución de los planes y programas de formación de los empleados y directivos del Ayuntamiento de Madrid.
En atención a los antecedente descritos,
RESUELVO
Primero.- Publicidad.
Dar publicidad al acuerdo de la Comisión General de Formación relativo a las acciones formativas del Plan de Formación del Ayuntamiento de Madrid para el año 2013 cuya gestión corresponde a las organizaciones sindicales, en aplicación del vigente texto refundido del Acuerdo sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y de sus Organismos Autónomos para el periodo 2012-2015, según figura en dos anexos:
- En el anexo I figuran acciones formativas incluidas en el Plan de Formación 2013, ya publicadas, para las que no procede apertura de nuevo plazo de presentación de solicitudes al encontrase vigentes y válidas las presentadas en el plazo previsto en la Resolución de 29 de enero de 2013, del Director del Instituto de Formación y Estudios del Gobierno Local de Madrid, por la que se da publicidad al Plan de Formación del Ayuntamiento de Madrid para el año 2013 (BOAM n.º 6.853, de 5 de febrero de 2013).
- En el anexo II figuran acciones formativas nuevas para las que procede la apertura de plazo de presentación de solicitudes (segunda convocatoria).
Del fichero de datos de carácter personal, donde se han incorporado las solicitudes correspondientes a acciones formativas del anexo I así como las nuevas solicitudes que se incorporen correspondientes a acciones formativas del anexo II, es responsable el Instituto de Formación y Estudios del Gobierno Local de Madrid, actuando las organizaciones sindicales como encargadas del tratamiento de aquellos datos en cada una de las acciones formativas que impartan y cuyo acceso a los datos de los solicitantes se encuentra amparado en el artículo 12 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
Segundo.- Destinatarios.
En cada una de las acciones formativas se indica el perfil de los destinatarios a quienes se dirigen.
Tercero.- Solicitudes.
1. Plazo de presentación de solicitudes.
Se establece un plazo de un mes para presentar solicitudes para las nuevas acciones formativas del anexo II, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
2. Forma y lugar de presentación de solicitudes.
Para acceder a alguna de las actividades formativas incluidas en el anexo II, se deberá solicitar por cualquiera de los dos procedimientos que se detallan a continuación:
a) Si se dispone de acceso a Ayre, en Ayre general> personas> formación> gestión de cursos> solicitud y consulta por Ayre> cursos abiertos, debiéndose ajustar a lo especificado en esta sección para su correcta cumplimentación. La utilización de este sistema permitirá al interesado conocer el estado de tramitación de su solicitud.
b) Si no se dispone de acceso a Ayre, a través de "Instancia de solicitud de acceso a cursos abiertos", debiendo presentar este impreso en las Oficinas de Registro de las Áreas de Gobierno, de los Distritos del Ayuntamiento de Madrid, y en todas aquellas Oficinas de Registro que establece el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El modelo de instancia de solicitud de acceso a cursos abiertos se publicó como anexo a la Resolución de 29 de enero de 2013, del Director del Instituto de Formación y Estudios del Gobierno Local de Madrid, por la que se da publicidad al Plan de Formación del Ayuntamiento de Madrid para el año 2013 (BOAM n.º 6.853, de 5 de febrero de 2013).
Solo se admitirá una única instancia de cursos abiertos, tanto si opta por el procedimiento de instancia en formato papel o a través de Ayre.
Para conseguir una mayor eficacia en la notificación de la convocatoria, y sólo en el caso de no disponer de correo electrónico corporativo, deberá consignar, si así lo desea, su correo electrónico particular. Si no dispone de ninguno de los medios de notificación anteriores y desea recibir un sms en su teléfono móvil alertándole de que ha sido convocado a un curso, deberá consignar su teléfono móvil.
Se podrá solicitar un máximo de tres cursos abiertos, no pudiendo realizar más de dos, de conformidad con lo establecido en la Resolución de 29 de enero de 2013 antes citada.
La solicitud deberá estar debidamente cumplimentada en todos sus extremos y supone la aceptación de los criterios y procedimientos que rigen cada una de las acciones formativas de esta convocatoria. Para poder realizar una convocatoria a estos cursos abiertos de forma correcta es imprescindible detallar en la solicitud el turno de trabajo: turno de mañana, tarde, noche, jornada partida u otro tipo de turno.
Cuarto.- Tramitación, selección y denegación de solicitudes. Convocatoria de alumnos. Compensación horaria. Régimen de asistencia. Certificado de aprovechamiento o asistencia.
Será de aplicación a las acciones formativas incluidas en los anexos lo dispuesto en la ya citada Resolución de 29 de enero de 2013, del Director del Instituto de Formación y Estudios del Gobierno Local de Madrid, en todo lo relativo a las bases de convocatoria de cursos restringidos y abiertos y oferta formativa en su modalidad presencial y virtual.
Por lo que respecta a compensación horaria, las acciones formativas incluidas en el anexo II que se desarrollen en modalidad virtual no serán objeto de compensación horaria. Cuando la modalidad sea semipresencial o presencial, será objeto de compensación horaria el 35 por ciento del tiempo presencial.
Madrid, a 8 de octubre de 2013.- El Director del Instituto de Formación y Estudios del Gobierno Local de Madrid, Juan Carlos Corrales Guillén.