BOAM nº 8112 (13/03/2018)
Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias
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Resolución de 8 de marzo de 2018 del Director General de la Policía Municipal por la que se convoca concurso forzoso para proveer puestos de trabajo en Unidades Integrales de Distrito, dirigida exclusivamente a los funcionarios de carrera de la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Municipal que perteneciendo a la Unidad Central de Seguridad 2 no han obtenido puesto en la Unidad de Apoyo a la Seguridad, o que se mantienen en adscripción provisional en Unidades Integrales de Distrito tras la disolución de la Unidad Central de Seguridad 1.Mediante Resolución del Director General de la Policía Municipal, de fecha 15 de febrero de 2018, se ha resuelto el concurso específico de méritos para la provisión de 147 puestos de trabajo de la categoría de Policía en la Unidad de Apoyo a la Seguridad (UAS). Concluido este proceso, resulta obligado convocar plazas de provisión normal en Unidades Integrales de Distrito para ofertar a todos aquellos componentes de la Unidad Central de Seguridad 2 (UCS-2) que no han obtenido puesto en la UAS, y cuya participación, de carácter obligatorio, permitirá poder proceder posteriormente a la amortización de la citada UCS-2.
Asimismo, esta oferta de puestos se ha de incrementar con aquellas plazas que siguen ocupando provisionalmente en Unidades Integrales de Distrito (UID) los componentes de la extinta Unidad Central de Seguridad 1, quienes también tendrán obligación de participar en la presente convocatoria para obtener un destino de carácter definitivo.
De este modo la presente convocatoria restringida al personal indicado en los párrafos anteriores, con obligación todos ellos de participar en la misma, incluye una amplia oferta de 240 puestos de trabajo en UID que figuran en Anexo I a la presente convocatoria, de los que 120 son de turno de mañana, 102 de turno de tarde y 18 de turno de noche, estando incluidos en este total los 40 puestos de mañana y los 7 de tarde que ocupan en adscripción provisional los componentes de la extinta UCS-1 y que figuran identificados en dicho Anexo como "puestos preferencia UCS-1".
Así pues, los componentes de la UCS-2 que no participen en la presente convocatoria o lo hagan en número insuficiente de destinos para poder obtener una plaza en UID, se les adjudicará, con carácter definitivo, un destino forzoso de entre las vacantes ofertadas.
Tal y como se acordó en la reunión de la Mesa Sectorial del Colectivo de Policía Municipal, de fecha 17 de noviembre de 2017, los componentes de la UCS-1 que actualmente se encuentran en adscripción provisional, con el fin de favorecer que puedan confirmar su destino actual (Unidad y turno), contarán con preferencia en la adjudicación de la plaza que ocupan provisionalmente, siempre que la soliciten en primera opción, todo ello sin perjuicio de poder cambiar de destino y/o turno, en este caso se aplicará el criterio de antigüedad en la categoría. De no solicitar destino, se les asignará con carácter definitivo un destino forzoso de entre las vacantes ofertadas que queden por cubrir siguiendo el criterio de la mayor necesidad del servicio para la cobertura de la vacante.
En virtud de lo anteriormente expuesto y de conformidad con lo establecido en los artículos 48.4 y 49 del Reglamento del Cuerpo de la Policía Municipal de Madrid, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 7.1.3 b) del Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias,
RESUELVO
1.- Convocatoria.
Convocar concurso forzoso y restringido al personal indicado en el apartado 2.1 de la presente convocatoria, para la provisión normal de los puestos de trabajo en las unidades y turnos que se relacionan y describen en el Anexo I.
2.- Personal al que va dirigida la convocatoria y requisitos de participación.
2.1. Personal al que va dirigida la convocatoria.
Los funcionarios de carrera de la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Municipal que se encuentren en servicio activo o en otra situación administrativa con derecho a reserva de puesto, y ocupen alguno de los destinos relacionados en las letras a), b) y c) del presente apartado en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, tendrán obligación de participar en el presente concurso:
a) Policías que ocupan puesto de trabajo en adscripción provisional en UID como consecuencia del proceso de amortización de la extinta UCS-1, y que no hayan resultado adjudicatarios de un puesto en la UAS mediante Resolución del Director General de la Policía Municipal de 15 de febrero de 2018, ni de cualquier otro concurso específico o de provisión normal que se haya llevado a efecto desde la disolución de la UCS-1 hasta la fecha.
b) Policías titulares de un puesto de trabajo con carácter definitivo en la UCS-2 y que no hayan resultado adjudicatarios de un puesto en la UAS mediante Resolución del Director General de la Policía Municipal de 15 de febrero de 2018.
c) Policías que ocupan provisionalmente un puesto de trabajo en comisión de servicio en cualquier Unidad del Cuerpo manteniendo la reserva de su puesto de origen en la UCS-2.
La adjudicación de destino para aquellos funcionarios indicados en los apartados anteriores que no se encuentren en servicio activo, no conllevará la finalización de la situación administrativa con derecho a reserva declarada, posponiéndose la fecha de toma de posesión a su incorporación al servicio activo.
2.2. Requisitos de participación.
La presente convocatoria está dirigida exclusivamente al personal relacionado en el apartado 2.1, por lo que cualquier funcionario que no esté incluido en tal situación quedará excluido del presente concurso.
Será requisito indispensable para aquellos funcionarios de los turnos de mañana y tarde que quieran optar por puestos de trabajo en turno de noche, no haber cumplido la edad de 45 años en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, de conformidad con lo establecido en el vigente Acuerdo de condiciones laborales del colectivo de Policía Municipal de 23 de febrero de 2013, modificado por Acuerdo de 14 de julio de 2016.
3. Presentación de solicitudes.
Las solicitudes para tomar parte en este concurso, se ajustaran al modelo publicado como Anexo II de esta convocatoria. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, a computar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, excluyéndose del cómputo los sábados, los domingos y los declarados festivos, de conformidad con el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La presente convocatoria será también objeto de publicación en la Orden General del Cuerpo de Policía, tal y como se establece en el artículo 49.1 del Reglamento del Cuerpo de la Policía Municipal.