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BOAM nº 10137 (01/06/2026)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid

2069

Acuerdo de 28 de mayo de 2026 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueba el acuerdo de 11 de mayo de 2026 de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos, sobre los puestos de trabajo que prestan servicios en domingos y festivos o en fines de semana.

El abono del trabajo desempeñado por el personal municipal en domingos y festivos se viene efectuando a través de expedientes de retribuciones variables, al margen de las retribuciones propias del puesto de trabajo, vinculados a la justificación del tiempo efectivamente trabajado.

 

Sin embargo, la jurisprudencia reciente del Tribunal Supremo ha establecido que, cuando la jornada ordinaria del puesto incluye la prestación de servicios en domingos y festivos, la compensación por dicho trabajo debe abonarse también durante los periodos de inactividad retribuida, integrándose como parte de la retribución del puesto de trabajo. Esta doctrina resulta aplicable incluso en aquellos puestos cuya jornada se desarrolla exclusivamente en fines de semana.

 

En consecuencia, y con la finalidad de ordenar la compensación económica por el trabajo en domingos y festivos del personal municipal, se ha considerado conveniente su inclusión en las retribuciones fijas de los puestos de trabajo: en el complemento específico, en el caso del personal funcionario, o mediante un plus de festividad, en los puestos de personal laboral. Del mismo modo, se propone integrar en la retribución de los puestos de trabajo la compensación económica por la prestación de servicios exclusivamente en fines de semana.

 

A tales efectos, y a tenor de lo previsto en el artículo 37.1 b) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, se planteó a la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos una propuesta sobre los puestos de trabajo que prestan servicios en domingos y festivos o en fines de semana que ha sido objeto de negociación con las organizaciones sindicales presentes en la misma, habiéndose adoptado un acuerdo por unanimidad en fecha 11 de mayo de 2026.

 

De conformidad con lo establecido en el artículo 38.3 del mencionado texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, para la validez y eficacia de los acuerdos adoptados en el seno de la mesa de negociación correspondiente será necesaria su aprobación expresa y formal por los órganos de gobierno en las administraciones públicas.

 

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 m) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y Régimen Especial de Madrid, a propuesta de la titular del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, y previa deliberación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid en su reunión de 28 de mayo de 2026,

 

ACUERDA

 

PRIMERO.- Aprobar expresa y formalmente el Acuerdo de 11 de mayo de 2026 de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos, sobre los puestos de trabajo que prestan servicios en domingos y festivos o en fines de semana, que se incorpora a este acuerdo, y cuyos anexos figuran en el expediente, con los efectos previstos en su apartado séptimo.

 

SEGUNDO.- Los anexos del Acuerdo de 11 de mayo de 2026 de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos, sobre los puestos de trabajo que prestan servicios en domingos y festivos o en fines de semana se harán públicos en la intranet municipal Ayre.

 

TERCERO.- El presente acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Madrid, a 28 de mayo de 2026.- La Directora de la Oficina de la Secretaría de la Junta de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.

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