BOAM nº 9960 (10/09/2025)
Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias
3293
Resolución de 8 de septiembre de 2025 del Coordinador General de Seguridad y Emergencias por la que se nombra personal colaborador en el proceso selectivo convocado para proveer 60 plazas de funcionario/a de carrera de la categoría de Bombero/a Conductor/a Especialista del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid.Mediante Resolución de 7 de agosto de 2024 del Coordinador General de Seguridad y Emergencias (BOAM 9.692, de 9 de agosto de 2024) se convocaron 60 plazas de funcionario/a de carrera de la categoría de Bombero/a Conductor/a Especialista del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid.
El Tribunal de Selección, nombrado al efecto por Decreto de 3 de junio de 2025 de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, ha acordado en reunión de 2 de septiembre de 2025, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 de la Instrucción relativa al funcionamiento y actuación de los tribunales de selección en el Ayuntamiento de Madrid y de sus organismos autónomos, aprobada por Decreto de 21 de mayo de 2020 de la Delegada del Área de Gobierno de Hacienda y Personal (modificada por Decreto de 23 de agosto de 2021), para adecuar la actuación del tribunal al procedimiento legalmente establecido y a efectos de garantizar una mayor operatividad en su funcionamiento, solicitar el nombramiento de personal colaborador.
El referido artículo 32 dispone que el órgano competente en materia de selección nombrará al personal colaborador que se estime necesario. A su vez, el apartado 6.º 1.1 del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, establece, para esta área de gobierno, que el órgano competente en materia de selección es el Coordinador General de Seguridad y Emergencias.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 6.º 1.1 del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencia, y a propuesta del Tribunal de Selección,
RESUELVO
PRIMERO.- Nombrar personal colaborador del Tribunal de Selección en la fase de oposición del proceso selectivo para proveer 60 plazas de la categoría de Bombero/a Conductor/a Especialista del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid, a las siguientes personas:
D. Antonio Delgado Rull, DNI ***9814**.
D. José López García, DNI ***8134**.
D. Andrés Rubio Baena, DNI ***0848**.
SEGUNDO.- La presente resolución se publicará en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid», en el Tablón de Edictos y en la Sede Electrónica (www.madrid.es).
Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa podrán interponerse los recursos que se indican a continuación:
I. Recurso potestativo de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que dictó la resolución, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid», o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de la notificación o publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid», de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).
II. Contra la resolución expresa del recurso de reposición, recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de la resolución del recurso (artículos 123, apartado 2.º, y 124 LPAC y 46 LJCA).
III. Si en el plazo de un mes desde la interposición del recurso de reposición no ha recaído resolución expresa, se entenderá desestimado y podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en cualquier momento a contar desde el día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto (artículo 124 LPAC).
IV. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 LPAC).
Madrid, a 8 de septiembre de 2025.- El Coordinador General de Seguridad y Emergencias, Jesús Gil Martín.