BOAM nº 10108 (17/04/2026)
Área de Gobierno de Obras y Equipamientos
1380
Decreto de 31 de marzo de 2026 de la Delegada del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos por el que se actualizan varias fichas pertenecientes a los capítulos 1 “disposición de servicios (DS)”, 4 “alumbrado exterior (AE)” y 7 “señalización viaria y balizamiento (SV)”, y se aprueba un nuevo capítulo 12 denominado “telecomunicaciones (TC)”, del documento normalización de elementos constructivos para obras de urbanización.De conformidad con la propuesta de la Dirección General de Conservación de Vías Públicas de 23 de marzo de 2026, y en uso de las competencias atribuidas en el apartado 3.º, punto 2.3 del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos,
DISPONGO
PRIMERO.- Dejar sin efecto las fichas AE.3.1, AE.3.2, AE.3.3, AE.4.1, AE.4.2, AE.5.1, AE.5.2, AE.5.3, AE.5.4, AE.7.2, AE.14.3, AE.25.5 del Capítulo 4 "Alumbrado exterior" del documento Normalización de Elementos Constructivos para Obras de Urbanización.
SEGUNDO.- Aprobar las nuevas fichas AE.3.1.1, AE.3.1.1.1, AE.3.1.2, AE.3.1.2.1, AE.4.1.1, AE.4.1.2, AE.5.1.1, AE.5.1.2, AE.5.2.1 y AE.5.2.2 del Capítulo 4 "Alumbrado exterior" del documento Normalización de Elementos Constructivos para Obras de Urbanización, que se unen como Anexo I al presente decreto.
TERCERO.- Aprobar la actualización de las fichas DS.1.1, DS.1.2 , del Capítulo 1 "Disposición de servicios", AE.1 del Capítulo 4 "Alumbrado exterior" y SV 11.3 y SV 22.1 del Capítulo 7 "Señalización viaria y balizamiento" del documento Normalización de Elementos Constructivos para Obras de Urbanización, que se unen como Anexo II al presente decreto.
CUARTO.- Aprobar un nuevo capítulo del documento Normalización de Elementos Constructivos para Obras de Urbanización con la denominación "Capítulo 12 Telecomunicaciones (TC)", que se une como Anexo III al presente decreto.
QUINTO.- Lo dispuesto en este decreto será de aplicación desde su entrada en vigor para los proyectos cuya redacción no se haya iniciado, y las obras cuyo proyecto o documentación se haya redactado aplicando la actualización que se aprueba.
SEXTO.- El decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Madrid, a 31 de marzo de 2026.- La Delegada del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos, Paloma García Romero.