BOAM nº 6731 (03/08/2012)
Agencia de Gestión de Licencias de Actividades
1563
Resolución de 2 de agosto de 2012 del Gerente del Organismo Autónomo Agencia de Gestión de Licencias de Actividades por la que se da publicidad a los precios a percibir por las entidades colaboradoras en la gestión de licencias urbanísticas en relación con la tramitación de las declaraciones responsables durante el ejercicio 2012.La Ordenanza de 29 de junio de 2009, por la que se establece el Régimen de Gestión y Control de las Licencias Urbanísticas de Actividades (en adelante OGLUA), regula un sistema de gestión de licencias basado en la colaboración de entidades privadas que prestan sus servicios a cambio de un precio.
El artículo 25 h) de la OGLUA establece como obligación de estas entidades tarifar sus actuaciones respetando el límite máximo fijado por el Ayuntamiento de Madrid.
La fijación de dicho importe será establecido por la Junta de Gobierno, según dispone el artículo 32.2 de la OGLUA.
La introducción del régimen de declaración responsable, como consecuencia de la aprobación y entrada en vigor del Real Decreto-ley 19/2012, de 25 de mayo, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios, y de la Ley 2/2012, de 12 de junio, de Dinamización de la Actividad Comercial en la Comunidad de Madrid, ha hecho necesario que el Ayuntamiento de Madrid haya procedido a modificar la OGLUA, dando entrada al nuevo régimen de declaración responsable.
La citada Ley 2/2012, de 12 de junio, establece en su artículo 3, como parte de la documentación que debe presentarse con la declaración responsable la liquidación de la tasa, o precio, o contraprestación económica que, en su caso, corresponda.
Mediante Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de fecha 25 de julio de 2012, se fijó, para el ejercicio 2012, el importe máximo de los precios a percibir por las entidades colaboradoras en la gestión de licencias urbanísticas (en adelante, ECLU), en relación con la tramitación de actuaciones sujetas a declaración responsable.
Con el fin de garantizar la calidad de los servicios prestados, evitando prácticas desleales, y con la idea de flexibilizar la actividad económica y favorecer, al máximo, el emprendimiento en nuestra ciudad, se permite a las entidades colaboradoras aplicar un descuento de hasta un 50% del precio que corresponda, a la segunda declaración responsable que deba presentar el mismo interesado ante la misma entidad, como consecuencia de la emisión de informe desfavorable en la tramitación de la primera declaración responsable presentada.
Una vez fijados los precios por las ECLU en relación con la tramitación de las declaraciones responsables y después de haber sido comunicados a la Agencia en los plazos establecidos en el Acuerdo de la Junta de Gobierno de fecha 25 de julio de 2012, de conformidad con lo previsto en el artículo 32.1 de la OGLUA, a fin de proceder a su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en uso de la competencia atribuida en el artículo 15.1 ñ) de los Estatutos del Organismo Autónomo Agencia de Gestión de Licencias de Actividades aprobados por Acuerdo de 25 de febrero de 2010 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid,
RESUELVO
Primero. Publicidad de los precios.
Hacer públicos, mediante su inserción en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, los precios comunicados por las entidades colaboradoras en la gestión de licencias urbanísticas en relación con la tramitación de actuaciones sujetas a declaración responsable durante el ejercicio 2012 y que se detallan en el Anexo de la presente resolución.
Segundo. Recursos.
Contra la presente resolución que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que dictó la resolución, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ambos plazos contados desde el día siguiente a su publicación. Todo ello conforme a lo dispuesto, respectivamente, en los artículos 116 y 117, de la Ley 30/1992, de 26 noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Todo ello, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime procedente interponer (artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).
Madrid, a 2 de agosto de 2012.- El Gerente del Organismo Autónomo Agencia de Gestión de Licencias de Actividades, P.S., Decreto de 25 de julio de 2012 del Delegado del Área de Gobierno de Economía, Empleo y Participación Ciudadana, el Director General de Gestión, Inspección y Control de Licencias de Actividades, José Fernández Sánchez.