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BOAM nº 7356 (19/02/2015)
Distrito de San Blas-Canillejas

328

Resolución de 17 de febrero de 2015 del Gerente del Distrito de San Blas-Canillejas por la que publica la notificación del requerimiento de subsanación de deficiencias efectuada a Julcam 19, S.L., expediente número 117/2014/03528.

Intentada sin efecto la notificación al interesado, y de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la notificación y edicto por medio del presente anuncio del requerimiento de subsanación de deficiencias, expediente número 117/2014/03528.

 

1º.- Requerir a Julcam 19, S.L., para que de forma inmediata, a partir de la recepción de la presente notificación, proceda a la reposición del pavimento drenante para relleno de los alcorques en la calle Hermanos García Noblejas, 43, c/v a la calle Miguel Fleta.

 

2º.- Disponer, en caso de incumplimiento, la reposición del pavimento drenante para relleno de los alcorques en ejecución subsidiaria, al amparo de lo establecido en el artículo 98 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que se llevará a cabo, a costa del interesado, por los servicios municipales y la empresa adjudicataria del correspondiente contrato.

  

Lo que le notifico para su conocimiento y efectos, advirtiéndole que contra la expresada resolución podrá interponer los recursos que se indican a continuación.

 

I.- Recurso potestativo de reposición, ante el Gerente de este Distrito, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con la siguiente normativa:

 

 - Con carácter general: Artículos 107 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC).

 

 - En especial, para actos sobre aplicación y efectividad de los tributos locales y restantes ingresos de derecho público: Disposición Adicional Quinta LRJPAC, artículo 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local y artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Sin perjuicio de la interposición de la reclamación económico administrativa conforme a lo dispuesto en los artículos 18 y 38 del Reglamento Orgánico por el que se regula el Tribunal Económico Administrativo Municipal del Ayuntamiento de Madrid, así como el procedimiento para la resolución de las reclamaciones de su competencia.

 

II.- Directamente, salvo en el supuesto previsto en el párrafo anterior, recurso contencioso administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

 

III.- Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 58 LRJPAC).

 

Madrid, a 17 de febrero de 2015.- El Gerente del Distrito de San Blas-Canillejas, Francisco Javier Colino Gil.

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