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BOAM nº 7964 (07/08/2017)
Gerencia de la Ciudad

1791

Resolución de 3 de agosto de 2017 del Director General de Recursos Humanos por la que se designa a los miembros de la Comisión de Valoración de la bolsa de trabajo de funcionarios interinos para el acceso a la categoría de Profesor de Cerámica del Ayuntamiento de Madrid.

Por el Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo se solicita la convocatoria de una bolsa de trabajo en la categoría de Profesor de Cerámica del Ayuntamiento de Madrid. Como quiera que en la actualidad no existe lista de espera derivada de procesos selectivos ni bolsa de trabajo vigente de esta categoría, se aprueba por Resolución de 6 de junio de 2017 una bolsa de Trabajo de funcionarios interinos para el acceso a la categoría de Profesor de Cerámica publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid número 7.923, de 9 de junio de 2017.

 

Con objeto de proceder a la selección definitiva de los candidatos idóneos para los puestos a cubrir, se procede designar a los miembros que integrarán la Comisión de Valoración.

 

En consecuencia, en uso de las competencias delegadas en el apartado 9º.1.1.d), del Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de Organización y Competencias de la Gerencia de la Ciudad,

 

 

RESUELVO

 

Primero.- Designar los miembros que integraran la Comisión de Valoración de la bolsa de trabajo de funcionarios interinos para el acceso a la categoría de Profesor de Cerámica del Ayuntamiento de Madrid:

 

 

PRESIDENTE

Titular: Blanca Giménez Sánchez

Suplente: Eloísa García Silva

 

 

SECRETARIO

Titular: Dolores Prol Pérez

Suplente: José María Merino Merino

 

 

VOCALES

Titular: Alfonso D'Ors Fuhrer

Suplente: M.ª Jesús Sánchez Poyatos

 

Titular: Blanca Caballero María

Suplente: Julia Lastra Calera

 

Titular: Mercedes Portero Cobeña

Suplente: M.ª Teresa Tamayo Marcos

 

OBSERVADORES

 

Titular: Antonio Utanda López

Suplente: M.ª Begoña de Arriba Cuesta

 

Segundo.- Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a elección de aquel, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 8.1, 14.1.2ª y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). Todo ello sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 de la misma Ley 39/2015).

 

Madrid, a 3 de agosto de 2017.- El Director General de Recursos Humanos, Juan José Benito González.

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