BOAM nº 7530 (02/11/2015)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid
1975
Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo.El artículo 17.1 h) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid asigna a la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid la competencia general para establecer la organización y estructura de la Administración municipal ejecutiva, en el marco de las normas orgánicas aprobadas por el Pleno.
Por Acuerdo Plenario de 30 de septiembre de 2015 se aprobó la modificación del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid, para posibilitar la adopción de medidas de flexibilización de la organización administrativa. Junto a ello, mediante sendos Decretos de la Alcaldesa de 28 de octubre de 2015, se han desconcentrado competencias en la Junta de Gobierno y se ha modificado el Decreto de 13 de junio de 2015, por el que se establece el número, denominación y competencias de las Áreas en la que se estructura la Administración del Ayuntamiento de Madrid.
Ambas circunstancias determinan la necesidad de proceder a la adaptación de los Acuerdos de la Junta de Gobierno de organización y competencias de las Áreas de Gobierno a estas nuevas disposiciones. A su vez, resulta también conveniente acometer una tarea de simplificación y normalización de los diferentes Acuerdos que inciden en el ámbito organizativo y competencial de las Áreas, con el objeto de lograr su mejor comprensión y aplicación tanto por los propios servicios municipales, como por los ciudadanos destinatarios de los mismos.
Con esta finalidad, se incorporan en único Acuerdo todas las previsiones relativas a la organización y a las competencias de los diferentes órganos y organismos que conforman el Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo, así como la asignación de las funciones de fe pública a los titulares de sus órganos directivos y personal funcionario, realizando una distribución competencial que permita un mejor servicio público para los ciudadanos.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17.2 y 55 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, 19 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid y 4 del Reglamento por el que se regulan las funciones de fe pública en el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos públicos, a propuesta del titular del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo y, previa deliberación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid en su reunión de 29 de octubre de 2015
ACUERDA
Aprobar el Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de organización y competencias del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo que se adjunta como Anexo.
Madrid, a 29 de octubre de 2015.- La Secretaria de la Junta de Gobierno, Rita Maestre Fernández
ANEXO
1º.- Organización del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo.
2º.- Competencias del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo.
3º.- Titular del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo.
1. Competencias generales.
2. Competencias específicas.
3. Gastos.
4. Contratación.
5. Gestión Económica.
6. Patrimonio.
7. Encomiendas de gestión.
8. Sanciones y multas coercitivas.
9. Reclamaciones y recursos.
4º.- Coordinación General de Equidad, Servicios Sociales, Vivienda y Empleo.
1. Competencias generales.
2. Competencias específicas.
3. Gastos.
4. Contratación.
5. Gestión de procedimientos.
6. Reclamaciones y recursos.
5º. Secretaría General Técnica de Equidad, Derechos Sociales y Empleo.
1. Régimen jurídico.
2. Régimen interior.
3. Gestión presupuestaria.
4. Recursos humanos.
5. Gestión de fondos documentales.
6. Registro y atención al ciudadano.
7. Gastos.
8. Contratación.
9. Gestión económica.
10. Patrimonio.
11. Gestión de procedimientos.
12. Transparencia.
13. Reclamaciones y recursos.
6º.- Competencias de las Direcciones Generales.
1. Gastos.
2. Contratación.
3. Gestión económica.
4. Sanciones y multas coercitivas.
5. Gestión de procedimientos.
6. Reclamaciones y recursos.
7º. Dirección General de Igualdad entre mujeres y hombres.
1. Competencias específicas.
8º.- Dirección General de Mayores, Atención Social, Inclusión Social y Atención a la emergencia.
1. Competencias específicas.
9º.- Dirección General de Familia, Infancia, Educación y Juventud.
1. Competencias específicas.
10º.- Dirección General de Comercio y Emprendimiento.
1. Competencias específicas.
2. Patrimonio.
11º.- Funciones de fe pública.
1. Libro de Resoluciones.
2. Registros.
3. Tablón de edictos.
4. Certificaciones y copias auténticas.
5. Recursos y revisión de oficio en materia de fe pública.
12º.- Organismo Autónomo Agencia para el Empleo.
1. Competencias Delegadas.
2. Funciones de fe pública en los Organismos autónomos.
3. Recursos y revisión de oficio en materia de fe pública.
13º. Aplicación del Acuerdo.
1. Competencias delegadas.
2. Competencias en materia de contratación.
3. Competencias en materia de fe pública.
4. Competencias reservadas a la Junta de Gobierno.
5. Régimen de suplencia.
6. Tramitación de procedimientos.
7. Referencia a órganos suprimidos.
8. Unidades y puestos de trabajo.