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BOAM nº 7115 (26/02/2014)
Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública

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Decreto de 18 de febrero de 2014 de la Delegada del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública por el que se adapta la estructura presupuestaria para el ejercicio 2014 a la nueva organización administrativa y distribución de competencias establecida por los acuerdos de la Junta de Gobierno de 6 de febrero de 2014 y se establecen criterios para la gestión de determinados créditos.

El Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid debe ser el reflejo, respecto a los créditos aprobados, de la estructura y distribución de competencias vigente durante el correspondiente ejercicio.

El Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid para 2014 fue aprobado por Acuerdo del Pleno de 20 de diciembre de 2013 y fue publicado en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (BOAM) núm. 7.075 de 27 de diciembre de 2013 y en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) núm. 308, de 28 de diciembre de 2013. La distribución de los créditos de dicho presupuesto responde a la estructura y distribución de competencias vigente en noviembre de 2013, fecha en que se aprobó el proyecto de Presupuesto para 2014.

Mediante acuerdo de 10 de mayo de 2013, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid se estableció el número, denominación y competencias de las Áreas de Gobierno en las que se estructura la Administración municipal del Ayuntamiento de Madrid.

Posteriormente, y con fecha 6 de febrero de 2014 la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, modifica parcialmente dicha estructura municipal mediante el Acuerdo por el que se modifica el del 10 de mayo de 2013, por el que se crea la Coordinación General de la Alcaldía, el Acuerdo por el que se crea la Oficina de la Alcaldía y se establece su organización, estructura y competencias, el Acuerdo por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, el Acuerdo por el que se modifica el de 17 de enero de 2013, por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda, y finalmente, el Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se establece la organización y estructura del Área de Gobierno de las Artes, Deportes y Turismo. En sendos acuerdos se establece la estructura organizativa u se delegan competencias en los titulares de sus órganos superiores y directivos.

En los citados Acuerdos de la Junta de Gobierno, todos ellos de 6 de febrero de 2014, se prevé la aprobación de las modificaciones presupuestarias que resulten necesarias como consecuencia de las nuevas estructuras orgánicas.

La nueva asignación de competencias y funciones hace preciso la adaptación de la estructura presupuestaria que mediante el presente decreto se establece.

A tal fin es preciso, por una parte, adaptar las estructuras del presupuesto vigente a la nueva distribución competencial, creando, modificando o adecuando aquellos elementos de las clasificaciones orgánicas y por programas que sean necesarios. Y por otra, concretar determinadas medidas de gestión de los créditos que permitan mantener el normal funcionamiento de los distintos órganos y unidades de la administración municipal, y faciliten el tránsito de la antigua a la nueva organización administrativa evitando posibles conflictos coyunturales entre ambos periodos.

La titular del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública tiene las funciones de órgano de gestión presupuestaria previsto en el artículo 58 del Reglamento Orgánico del Gobierno, y de la Administración del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2004, cuyo apartado 2.d) le atribuye la definición y mantenimiento de la estructura presupuestaria.

Por su parte la Disposición adicional primera de las Bases de Ejecución del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid para 2014 autoriza a la titular del Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública, en el caso de reorganizaciones administrativas, a efectuar en los estados de gastos e ingresos de los presupuestos aprobados, así como en sus correspondientes anexos, las adaptaciones técnicas que sean precisas, a cuyos efectos podrá realizar aperturas, modificaciones o supresiones de cualquier elemento de las clasificaciones orgánica, económica y de programas.

 

Por todo ello, y de acuerdo con todo lo anteriormente expuesto,

 

DISPONGO

 

PRIMERO. ESTRUCTURAS PRESUPUESTARIAS.

 

Respecto a la estructura presupuestaria aprobada en el Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid para 2014, se realiza la siguiente modificación, que tendrá vigencia hasta final de ejercicio.

1. Programas presupuestarios.

1.1. Nuevos programas

Se crean los siguientes programas adscritos al centro-sección que se indica:

 

CÓDIGO, DENOMINACIÓN, CENTRO-SECCIÓN

 

912.02, OFICINA DE LA ALCALDÍA, 001 010

334.05, BANDA SINFÓNICA MUNICIPAL, 001 065

 

1.2. El programa que se relaciona a continuación se mantiene vigente en la estructura, y adscrito a su sección de origen, a los únicos efectos de reflejar los créditos iniciales y la ejecución presupuestaria correspondiente a los meses de enero y febrero, no pudiéndose contraer en los mismos, a partir de dicha fecha, ningún compromiso ni obligación económica.

 

CÓDIGO DENOMINACIÓN

 

172.03 COORDINACIÓN, EDUCACIÓN AMBIENTAL Y BIENES URBANOS

1.3. Se modifica la denominación del programa 333.01 que pasa a llamarse "MUSEOS".

1.4. Se cambia la adscripción del programa 922.07 PROMOCIÓN EXTERIOR y se asigna a la sección 012 Coordinación General de la Alcaldía.

2. Asignación de responsables de programa.

2.1. Se asigna al Director de la Oficina de la Alcaldía como responsable del programa 912.02 OFICINA DE LA ALCALDÍA y a la Coordinación General de las Artes y Turismo como responsable del programa 334.05 BANDA SINFÓNICA MUNICIPAL.

2.2. Se modifican los responsables de los programas 912.01, 133.04, 133.05, 155.01, 161.01, 165.01, 332.01, 333.01, 334.01 y 334.04 siendo responsables de los mismos:

- En el programa 912.01, el Director de la Oficina de la Alcaldía.

- En el programa 133.04, el titular de la Dirección General de Sostenibilidad y Planificación de la Movilidad.

- En los Programa 133.05, 155.01 y 165.01, el titular de la Dirección General de Vías Públicas y Publicidad Exterior.

- En el Programa 161.01, el titular de la Dirección General de Ingeniería Urbana y Gestión del Agua.

- En los Programas 332.01 y 333.01, el titular de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Museos.

- En el Programa 334.01, el titular de la Dirección General de Actividades Culturales.

- En el Programa 334.04, el Coordinador General de las Artes y Turismo.

 

SEGUNDO. EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA.

 

La información sobre la ejecución de los créditos realizada hasta el 18 de febrero de 2014, se mantendrá en los programas en los figuraban consignados hasta la citada fecha, independientemente de que como consecuencia de la reorganización administrativa y del traslado de competencias, se transfieran los saldos de crédito a los programas correspondientes.

A partir de dicha fecha la información presupuestaria acumulada se presentará conforme a las denominaciones derivadas de la nueva estructura.

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