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BOAM nº 6975 (02/08/2013)
Área de Gobierno de Economía, Hacienda y Administración Pública

1588

Resolución de 25 de julio de 2013 de la Directora General de Gestión y Defensa del Patrimonio por la que se aprueba el Protocolo para la determinación de los índices de ocupación de referencia de los inmuebles de uso administrativo del patrimonio del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos autónomos.

El Pleno del Ayuntamiento de Madrid aprobó el 28 de marzo de 2012, el Plan de Ajuste para el período 2012-2022 en aplicación del Real Decreto-ley 4/2012, de 24 de febrero, en el que se contemplaba, entre otras, la necesidad de elaborar un Plan de Gestión Patrimonial de racionalización del patrimonio inmobiliario municipal con el fin de conseguir su mejor utilización y optimización.

 

El Plan de Gestión Patrimonial fue aprobado por la Dirección General de Patrimonio mediante Resolución de 3 de mayo de 2012 y en él se contemplaban cuatro grandes objetivos: optimizar al máximo la ocupación de los edificios de propiedad municipal; resolver el mayor número de contratos de arrendamiento vigentes; renegociar los contratos de arrendamiento que no puedan resolverse para adecuar su renta a los precios de mercado y analizar los inmuebles de propiedad municipal seleccionando los que no sean imprescindibles para servicios u oficinas municipales y los que puedan ser susceptibles de enajenación en el mercado inmobiliario.

 

Todos estos objetivos tienen como finalidad obtener el máximo aprovechamiento de los edificios municipales a efectos de amortizar arrendamientos, acercar los ratios de ocupación a los que se utilizan en el sector privado y obtener ingresos procedentes de los inmuebles que no se adecuen a las necesidades de los servicios municipales.

 

Para que la optimización de los espacios destinados a oficinas municipales se realice de forma homogénea, coordinada y adaptada a las actuaciones más recientes y eficientes del sector privado, es necesario establecer ratios de ocupación cuantitativos para la implantación de nuevas oficinas.

 

Por ello, se ha elaborado un Protocolo para la determinación de los índices de ocupación de referencia de los inmuebles de uso administrativo del patrimonio del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos autónomos que será el instrumento que permita realizar los procesos de transformación de las oficinas municipales bajo unos parámetros estandarizados, con unos programas de implantación previamente analizados, con unos ratios homogéneos y con unos costes controlados.

 

El Protocolo concreta una serie de indicadores y ratios que permitirán asegurar, en las nuevas implantaciones que se produzcan, que estas han sido previamente homologadas y cumplen con los estándares previstos y que el uso del espacio público se utiliza de manera correcta y precisa.

 

En su virtud, de conformidad con las competencias previstas en el artículo 6.3.b) del Acuerdo de 24 de enero de 2013, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de delegación de competencias específicas en los órganos superiores y directivos de las Áreas de Gobierno y de los Distritos,

 

RESUELVO

 

PRIMERO. Aprobar el Protocolo para la determinación de los índices de ocupación de referencia de los inmuebles de uso administrativo del patrimonio del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos autónomos que figura como anexo de la presente Resolución.

 

SEGUNDO. La presente Resolución será de aplicación por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos autónomos en las nuevas implantaciones de oficinas de uso administrativo en edificios de nueva construcción o en los ya existentes.

 

TERCERO. Esta Resolución surtirá efectos desde el día de su aprobación, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Madrid, a 25 de julio de 2013.- La Directora General de Gestión y Defensa del Patrimonio, Carmen Matute Alboreca.

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