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BOAM nº 7807 (20/12/2016)
Ayuntamiento Pleno

2655

Resolución de 15 de diciembre de 2016 del Tercer Teniente de Alcalde que deja sin efecto la resolución de 4 de noviembre de 2016, por la que se interpreta el alcance de distintos tipos de proposiciones y otras cuestiones relativas a las enmiendas.

Con fecha 4 de noviembre de 2016, por esta Tenencia de Alcaldía, en el marco de las competencias que otorgadas en el artículo Primero del Decreto de 22 de junio de 2015, de la Alcaldesa, de delegación de competencias relativas a la Presidencia del Pleno en el Tercer Teniente de Alcalde, se dictó resolución relativa a la interpretación del alcance de distintos tipos de proposiciones y otras cuestiones relativas a las enmiendas, de acuerdo con lo informado por el Secretario General del Pleno, oídos los Grupos Municipales, y conforme a lo previsto en el artículo 36.2 y la Disposición Adicional Tercera del Reglamento Orgánico del Pleno.

 

Con posterioridad, la puesta en práctica de lo dispuesto en la citada resolución ha provocado disensiones entre los Grupos Políticos, al entender que se estaba produciendo una merma en el ejercicio de las funciones que el Reglamento Orgánico del Pleno les otorga en el procedimiento de adopción de acuerdos, razón por la que, en aras del requerido consenso, se va a proceder a la revisión de su contenido, atendiendo a los argumentos esgrimidos por los representantes de los Grupos Políticos, y a la redacción de una nueva disposición, en la que se asuman, al menos en parte, los mismos.

 

En consecuencia, en uso de las atribuciones otorgadas por la Alcaldesa, mediante decreto de 22 de junio de 2015, de delegación de competencias relativas a la Presidencia del Pleno en el Tercer Teniente de Alcalde, vengo en adoptar la siguiente

 

RESOLUCIÓN

 

"Primero.- Dejar sin efecto la Resolución del Tercer Teniente de Alcalde, de 4 de noviembre de 2016, por la que se interpreta el alcance de distintos tipos de proposiciones y otras cuestiones relativas a las enmiendas, dictándose, con esta misma fecha, una nueva resolución interpretativa en relación con las cuestiones citadas.

 

Segundo.- Comunicar la presente resolución, para su conocimiento y efectos oportunos, a los Grupos Municipales y a sus portavoces y secretarios, así como a las Secretarías Generales Técnicas del Ayuntamiento.

 

Tercero.- La presente resolución surtirá efectos desde el momento de su firma, sin perjuicio de su comunicación y publicación oficial".

 

Madrid, a 15 de diciembre de 2016.- El Tercer Teniente de Alcalde, Mauricio Valiente Ots.

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