BOAM nº 6186 (19/05/2010)
Distrito de San Blas
1054
Resolución de 26 de febrero de 2010 del Gerente del Distrito de San Blas por la que se inicia expediente sancionador a don Cornelio Harold Oviedo Anastacio, expediente número 117/2010/01374.Intentada sin efecto la notificación al interesado y, de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común se procede a la notificación por medio del presente anuncio de la resolución de inicio del expediente sancionador, nombrando Instructor y Secretario sujetos ambos al régimen de recusación previsto en el articulo 29 de la citada Ley, pudiendo consultar el texto íntegro en el Negociado de Gestión del Distrito de San Blas, avenida de Arcentales, 28.
Referencia: 117/2010/01374.
Autoridad municipal competente: El Gerente del Distrito de San Blas.
Emplazamiento: Calle Troya, 27 (Casa Latina).
Interesado: Don Cornelio Harold Oviedo Anastacio
Hechos denunciados: No presenta licencia de funcionamiento ni de actividad y tampoco presenta cartel identificativo.
Norma Infringida: Artículo 7 del Decreto 184/1998, de 22 de octubre por el que se aprueba el catálogo de espectáculos públicos, actividades recreativas, establecimientos, locales e instalaciones de la Comunidad de Madrid y artículo 38.17 de la Ley 17/1997, de 4 de julio, de espectáculos públicos y actividades recreativas de la Comunidad de Madrid.
Calificación de la infracción: Falta grave según artículo 41.2.a) de la Ley 17/1997, de 4 de julio de de espectáculos públicos y actividades recreativas de la Comunidad de Madrid.
Sanción Prevista: Multa comprendida entre 3.006,00 y 30.050,00 euros, según el artículo 41.2.a) de la citada Ley 17/1997.
Fecha de la denuncia: 12 de diciembre de 2009 a las 23 horas y 46 minutos.
Instructor: Jose Luis De Pablo Trabalón.
Secretario: Alejandro Pérez Correa.
Los interesados podrán, durante el plazo de quince días desde la publicación de la presente resolución, formular las alegaciones y presentar los documentos que estimen pertinentes, así como proponer la práctica de las pruebas que consideren convenientes (artículo 6.3 del Decreto 245/2000, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora por la Administración de la Comunidad de Madrid).
Madrid, a 26 de febrero de 2010.- El Gerente del Distrito de San Blas, Gerardo Ravassa Checa.