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BOAM nº 8980 (22/09/2021)
Agencia para el Empleo de Madrid

2390

Resolución de 21 de septiembre de 2021 de la Gerente del Organismo Autónomo Agencia para el Empleo de Madrid por la que se rectifica la Resolución de 12 de julio de 2021 por la que se designan los miembros de la Comisión de Valoración correspondiente al Concurso Específico de Méritos FE AEM 1-2021 para la provisión de un puesto de trabajo en la Agencia para el Empleo de Madrid.

Por Resolución de 12 de julio de 2021 de la Gerente del Organismo Autónomo Agencia para el Empleo de Madrid publicada en el BOAM número 8.930, de fecha 14 de julio de 2021, se designaron los miembros de la Comisión de Valoración del Concurso Específico de Méritos FE AEM 1-2021 convocado en fecha 27 de mayo de 2021.

 

En correo electrónico de fecha de 13 de julio de 2021 doña Sonia Núñez Lojo manifestó la imposibilidad de formar parte de la Comisión de Valoración y con objeto de garantizar el adecuado desarrollo del proceso de provisión, se propone modificar la composición de un miembro de la comisión, en concreto a una representante sindical doña Sonia Núñez Lojo, siendo sustituida por don Diego Ruiz Muñoz y don Félix Carrasco Harinero.

 

En uso de las competencias previstas según el Estatuto de Constitución del Organismo Autónomo Agencia para el Empleo de Madrid,

 

RESUELVO

 

Modificar la composición de la comisión de valoración correspondiente al Concurso Específico de Méritos FE AEM 1-2021, para la provisión de un puesto de trabajo en la Agencia para el Empleo de Madrid, designada mediante Resolución de 12 de julio de 2021 de la Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid en el sentido de nombrar a don Diego Ruiz Muñoz y a don Félix Carrasco Harinero en representación de las centrales sindicales, en lugar de doña Sonia Núñez Lojo.

 

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

 

I.- Recurso potestativo de reposición, ante la Gerente de la Agencia para el Empleo, en el término de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 30, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en adelante, LPAC).

 

II.- Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio la persona demandante o en los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, a elección de aquella, en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 8.1, 14.1.2ª, 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa).

 

Todo ello sin perjuicio de que las personas interesadas puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente (artículo 40.2 de la LPAC).

 

Madrid, a 21 de septiembre de 2021.- La Gerente del Organismo Autónomo Agencia para el Empleo de Madrid, Belén García Díaz.

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