BOAM nº 7426 (05/06/2015)
Agencia de Actividades
1293
Resolución de 26 de mayo de 2015 de la Gerente del Organismo Autónomo Agencia de Actividades por la que se da publicidad a los precios a percibir por la entidad colaboradora urbanística AA GLOBALIZA INSPECCIÓN Y CONTROL, S.L., para el ejercicio 2015.La Ordenanza para la Apertura de Actividades Económicas en la Ciudad de Madrid, aprobada por Acuerdo del Pleno de 28 de febrero de 2014 (OAAE, en adelante) contempla un nuevo marco de intervención administrativa municipal de menor intensidad, manteniendo la colaboración de las entidades privadas, si bien con carácter voluntario.
El artículo 45 h) de la OAAE establece como obligación de las entidades colaboradoras urbanísticas (ECU, en adelante), tarifar sus actuaciones respetando el límite máximo y régimen de pago fijado por el Ayuntamiento de Madrid, de acuerdo con los precios comunicados al área de gobierno u organismo competente y gestionar documentalmente el cobro de los mismos.
Mediante Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de fecha 24 de septiembre de 2014 se fijó el importe máximo de los precios a percibir por las entidades colaboradoras para el ejercicio 2015, en relación con los medios de intervención administrativa municipal sujetos al ámbito de aplicación de la OAAE, esto es, declaraciones responsables y procedimientos de concesión de licencias.
Se ha respetado el régimen de determinación de los importes máximos y descuentos existentes para el ejercicio 2014, adaptando algunos conceptos y los importes correspondientes a los nuevos procedimientos contenidos en la OAAE.
Así, en lo relativo a declaraciones responsables y procedimientos de concesión de licencias, se mantienen los tres grupos de descuento contenidos en acuerdos anteriores, cada uno de ellos con un máximo de un 5% y sin que se puedan aplicar descuentos adicionales ni en otros conceptos que los establecidos por el Ayuntamiento de Madrid.
El primer grupo de descuento se refiere a aquellas solicitudes cuyo emplazamiento se ubique bien en alguno de los distritos cuyo paro registrado supere la media de la ciudad de Madrid, según los datos de la Dirección General de Estadística del Ayuntamiento de Madrid anteriores a la publicación del acuerdo.
En el segundo grupo de descuento se sitúan los parados de larga duración (más de 12 meses), desempleados que sean beneficiarios del pago único o capitalización de la prestación por desempleo, jóvenes de hasta 30 años y personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33% y las asociaciones de ámbito nacional declaradas de utilidad pública.
El tercer grupo de descuento comprende aquellas solicitudes formuladas por titulares de actividades que hayan tramitado en la misma ECU tres certificados de conformidad o dos declaraciones responsables, con resultado satisfactorio.
Por resolución de la Gerente de la Agencia de Actividades, de fecha 22 de mayo de 2015, se autoriza a AA GLOBALIZA INSPECCIÓN Y CONTROL, S.L., como entidad colaboradora urbanística para desarrollar las funciones administrativas de verificación y control urbanístico previstas en la OAAE.
Por su parte, el artículo 50 de la OAAE, en su apartado primero, señala lo siguiente: Las entidades colaboradoras fijarán anualmente los precios a percibir de los titulares de las actividades, por el ejercicio de sus funciones de verificación y control. Dichos precios deberán ser comunicados al área de gobierno u organismo competente del Ayuntamiento de Madrid, con una antelación mínima de dos meses a la finalización del año natural anterior, para proceder a su correspondiente publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
No obstante lo dispuesto en este artículo, teniendo en cuenta que la entidad colaboradora urbanística solicita la autorización administrativa con fecha 21 de abril de 2015, y que esta se concede por Resolución de la Gerente de la Agencia de Actividades con fecha 22 de mayo de 2015, no es posible cumplir con la regla del artículo 50.1 de la OAAE.
Una vez fijados los precios y descuentos por la entidad colaboradora urbanística AA GLOBALIZA INSPECCIÓN Y CONTROL, S.L., en relación con la tramitación de declaraciones responsables y procedimientos de concesión de licencias, después de haber sido comunicados a la Agencia de Actividades, y en uso de la competencia atribuida en el artículo 15.1 ñ) de los Estatutos del Organismo Autónomo Agencia de Actividades, aprobados por Acuerdo del Pleno de 30 de octubre de 2014,
RESUELVO
Primero. Publicidad de los precios.
Hacer públicos, mediante su inserción en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, los precios comunicados por la entidad colaboradora urbanística AA GLOBALIZA INSPECCIÓN Y CONTROL, S.L., para el ejercicio 2015, en relación con las declaraciones responsables y procedimientos de concesión de licencias que se detallan en el anexo de la presente resolución.
Segundo. Recursos.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que dictó la resolución, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ambos plazos contados desde el día siguiente a su publicación. Todo ello conforme a lo dispuesto, respectivamente, en los artículos 116 y 117, de la Ley 30/1992, de 26 noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Todo ello, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime procedente interponer (artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).
Madrid, a 26 de mayo de 2015.- La Gerente del Organismo Autónomo Agencia de Actividades, María Dolores Molera González.