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BOAM nº 7576 (14/01/2016)
Distrito de San Blas-Canillejas

58

Resolución de 15 de diciembre de 2015 del Gerente del Distrito de San Blas-Canillejas por la que se publica la notificación de la orden de suspensión y legalización de obras, efectuada a doña Mariela Mazzco, expediente número 117/2015/02979.

Intentada sin efecto la notificación al interesado y, de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la notificación y edicto por medio del presente anuncio, de la resolución de orden de suspensión y legalización de obras en calle Enrique López, 12, expediente número 117/2015/02979, pudiendo consultar el texto íntegro en la Sección de Disciplina Urbanística y Procedimiento Sancionador del Distrito de San Blas-Canillejas, avenida de Arcentales, 28.

 

 El Gerente de este Distrito, mediante Resolución de fecha 16 de septiembre de 2015, y en virtud de las atribuciones conferidas por delegación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de fecha 24 de enero de 2013, y del Director de la Agencia Tributaria Madrid, mediante Resolución de 31 de julio de 2015, ha dispuesto lo siguiente:

 

"Ordenar la suspensión inmediata de las obras que se realizan en calle Enrique López, 12, de conformidad con lo establecido en el artículo 193 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid y requerir a la propiedad para que, en el plazo de dos meses, solicite la legalización o, en su caso, ajuste las obras o los usos a la licencia u orden de ejecución, según lo dispuesto en el artículo 194 de la misma norma, con la advertencia de que en caso de incumplimiento, se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 193.3 del mismo texto."

 

Lo que le notifico para su conocimiento y efectos, advirtiéndole que contra la expresada resolución podrá interponer los recursos que se indican a continuación.

 

I.- Recurso potestativo de Reposición, ante el Gerente de este Distrito, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con la siguiente normativa:

 

 - Con carácter general: Artículos 107 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC).

 

 - En especial, para actos sobre aplicación y efectividad de los tributos locales y restantes ingresos de derecho público: Disposición Adicional Quinta LRJPAC, artículo 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local y artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Sin perjuicio de la interposición de la reclamación económico-administrativa conforme a lo dispuesto en los artículos 18 y 38 del Reglamento Orgánico por el que se regula el Tribunal Económico-Administrativo Municipal del Ayuntamiento de Madrid, así como el procedimiento para la resolución de las reclamaciones de su competencia.

 

II.- Directamente, salvo en el supuesto previsto en el párrafo anterior, recurso contencioso-administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

 

III.- Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (Artículo 58 LRJPAC).

 

Madrid, a 15 de diciembre de 2015.- El Gerente del Distrito de San Blas-Canillejas, José Luis de Pablo Trabalón.

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