BOAM nº 7542 (19/11/2015)
Agencia de Actividades
2085
Resolución de 16 de noviembre de 2015 de la Gerente del Organismo Autónomo Agencia de Actividades por la que se da publicidad a los precios a percibir por las entidades colaboradoras urbanísticas para el ejercicio 2016.La Ordenanza para la Apertura de Actividades Económicas en la Ciudad de Madrid, aprobada por Acuerdo del Pleno de 28 de febrero de 2014 (OAAE, en adelante) contempla un nuevo marco de intervención administrativa municipal de menor intensidad, manteniendo la colaboración de las entidades privadas, si bien con carácter voluntario.
El artículo 45 h) de la OAAE establece como obligación de las entidades colaboradoras urbanísticas (ECU, en adelante) tarifar sus actuaciones respetando el límite máximo y régimen de pago fijado por el Ayuntamiento de Madrid, de acuerdo con los precios comunicados al Área de Gobierno u Organismo competente y gestionar documentalmente el cobro de los mismos.
Mediante Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de fecha 24 de septiembre de 2015 se prorrogó la vigencia del importe máximo de los precios a percibir por las entidades colaboradoras urbanísticas para el año 2016, en relación con los procedimientos sujetos al ámbito de aplicación de la OAAE, esto es, declaraciones responsables y procedimientos de concesión de licencias, manteniendo el sistema de determinación de precios, descuentos y régimen de pago recogidos en el Acuerdo de la Junta de Gobierno de 24 de septiembre de 2014, por el que se fijaron los importes máximos para el ejercicio 2015.
Una vez fijados los precios y descuentos por las ECU en relación con la tramitación de declaraciones responsables y procedimientos de concesión de licencias y después de haber sido comunicados a la Agencia de Actividades en los plazos establecidos en el Acuerdo de la Junta de Gobierno de 24 de septiembre de 2015, de conformidad con lo previsto en el artículo 50.1 de la OAAE, y en uso de la competencia atribuida en el artículo 15.1 ñ) de los Estatutos del Organismo Autónomo Agencia de Actividades, aprobados por Acuerdo del Pleno de 30 de octubre de 2014,
RESUELVO
Primero. Publicidad de los precios.
Hacer públicos, mediante su inserción en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, los precios comunicados por las entidades colaboradoras urbanísticas, para el ejercicio 2016, en relación con las declaraciones responsables y procedimientos de concesión de licencias que se detallan en el anexo de la presente resolución.
Segundo. Recursos.
Contra la presente resolución que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que dictó la resolución, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ambos plazos contados desde el día siguiente a su publicación. Todo ello conforme a lo dispuesto, respectivamente, en los artículos 116 y 117, de la Ley 30/1992, de 26 noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Todo ello, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime procedente interponer (artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).
Madrid, a 16 de noviembre de 2015.- La Gerente del Organismo Autónomo Agencia de Actividades, Ana Reguero Naredo.