BOAM nº 7658 (12/05/2016)
Distrito de San Blas-Canillejas
1057
Resolución de 5 de abril de 2016 del Coordinador General del Distrito de San Blas-Canillejas por la que se requiere para la aportación de documentación a A. R. C., con Tarjeta de Residencia número X4067395V, expediente número 117/2016/00800.De conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habiendo sido intentada la notificación individual sin que haya resultado posible practicarla, se procede a la notificación y edicto, por medio del presente anuncio, de la presente resolución, por la que se requiere a A. R. C., con Tarjeta de Residencia X4067395V, para que aporte la documentación requerida en el expediente 117/2016/00800, de conformidad con la Ordenanza reguladora de la tenencia y protección de los animales (aprobada por el Ayuntamiento Pleno en sesión de 26 de julio de 2001, BOCM de 31 de agosto de 2001).
El texto íntegro de esta resolución, así como el expediente tramitado, podrán ser consultados por el/los interesado/s en el Negociado de Servicios Sanitarios del Distrito de San Blas-Canillejas, avenida de Arcentales, 28.
Se le concede el plazo de diez días, que contará a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Tablón Edictal del Boletín Oficial del Estado, para:
Presentar la documentación del perro denunciado, consistente en: cartilla oficial de vacunaciones, seguro de responsabilidad civil y licencia administrativa para la tenencia de animales potencialmente peligrosos, artículos 5, 6.2, 8.1, 9.1 y 14 de la citada ordenanza.
De manera inmediata: Realizar las salidas de este perro a espacios públicos o privados de uso común, en todo momento bajo el control de una persona responsable mayor de edad. Siendo obligatoria la utilización de bozal y correa resistente de menos de 2 metros de longitud, artículo 16.2 de la citada ordenanza.
Apercibiéndole de que en caso de incumplimiento y por tratarse de infracciones calificadas de graves y muy graves en la precitada Ordenanza reguladora de la tenencia y protección de los animales, le serán impuestas las sanciones administrativas correspondientes, previa instrucción del oportuno expediente previsto según la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Dicha documentación se podrá presentar en cualquiera de los registros de las Juntas Municipales de Distrito y en los registros de las Áreas de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid, o en cualquiera de los lugares y formas establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, indicando el número de expediente.
Madrid, a 5 de abril de 2016.- El Coordinador General del Distrito de San Blas-Canillejas, José Luis de Pablo Trabalón.