BOAM nº 8056 (21/12/2017)
Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias
2723
Decreto de 13 de diciembre de 2017 del Delegado del Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias por el que se aprueban las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos a la convocatoria de las pruebas selectivas para proveer 130 plazas por promoción interna independiente de la categoría de Jefe/a de Grupo del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid.Por Decreto de 11 de julio de 2017 del Delegado del Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias, fue convocado el proceso selectivo para proveer 130 plazas, por promoción interna independiente, de la categoría de Jefe/a de Grupo del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid, finalizando el plazo de presentación de instancias el 8 de agosto de 2017. Posteriormente, se publicó en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de 14 de septiembre de 2017 (número 7.991) el Decreto de 8 de septiembre de 2017 del Delegado del Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias por el que se aprobaba la lista provisional de admitidos y excluidos a las pruebas selectivas convocadas para el acceso por promoción interna a la categoría de Jefe/a de Grupo del Cuerpo de Bomberos.
Con posterioridad a dicha publicación, se recibieron solicitudes presentadas dentro del plazo legal que, por problemas técnicos, no habían sido recibidas en la Dirección General de Emergencias y Protección Civil, por lo que el 2 de noviembre se publicó en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (número 8.024) el Decreto de 20 de octubre de 2017 del Delegado del Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias por el que se aprobaba la lista complementaria de las listas provisionales de admitidos y excluidos a las pruebas selectivas convocadas para el acceso por promoción interna a la categoría de Jefe/a de Grupo del Cuerpo de Bomberos.
En ambas listas provisionales se otorgó a las personas excluidas en cada ocasión un plazo único e improrrogable de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución para subsanar el defecto que hubiese motivado la exclusión o no inclusión expresa. Finalizado el plazo concedido, han sido examinadas las solicitudes de subsanación presentadas, estimándose las incluidas en el presente decreto, tras comprobarse que cumplen los requisitos establecidos en las bases específicas.
La propuesta se realiza de conformidad con lo establecido en el apartado 6.4 de las bases generales de promoción interna independiente de personal funcionario aprobadas por Resolución del Director General de Recursos Humanos de 25 de enero de 2017, y lo establecido en la base tercera de las bases específicas que rigen las pruebas selectivas de referencia.
Corresponde al titular del Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias la competencia para gestionar las convocatorias de selección de personal del Cuerpo de Bomberos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.2.1 del Acuerdo de 29 de octubre de 2015 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias.
Por lo expuesto,
DISPONGO
Primero.- Estimar las alegaciones presentadas por José Manuel Gago Morgado, Julián Iván Riscado Rivero y Borja Rodríguez Cuadrado a la lista provisional completa de aspirantes admitidos a las pruebas selectivas convocadas por Decreto de 11 de julio de 2017, del Delegado del Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias, para proveer 130 plazas de la categoría de Jefe/a de Grupo del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid, al haber acreditado estar en posesión de todos los requisitos exigidos, subsanando así el motivo de su exclusión en el plazo establecido.
Segundo.- Incluir en la lista de admitidos a Rafael Gómez Garrido, al haberse detectado que, por error, no fue incluido en la relación provisional de admitidos, una vez comprobado que cumple los requisitos de admisión determinados en las bases generales y específicas que rigen la presente convocatoria.
Tercero.- Desestimar las alegaciones que se relacionan en el Anexo I al haberse constatado que siguen sin cumplir los requisitos exigidos para participar en la convocatoria ya que no ostentan la categoría de Bombero/a o Bombero/a Especialista.
Cuarto.- Aprobar las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas convocadas por Decreto de 11 de julio de 2017, del Delegado del Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias, para proveer 130 plazas, por promoción interna de la categoría de Jefe/a de Grupo del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid, que figuran unidas al expediente.
Quinto.- Disponer la publicación del presente decreto en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid incluyendo la lista definitiva de excluidos.
Sexto.- Disponer la publicación de este decreto en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Madrid y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid (www.madrid.es) conteniendo la relación definitiva completa de aspirantes admitidos y excluidos.
Séptimo.- Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:
I.- Recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que ha dictado el presente decreto, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación del mismo en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 112, 115, 116, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que se dicte y notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo, pudiendo en este caso interponer contra la desestimación presunta recurso contencioso-administrativo dentro del plazo de seis meses.
II.- Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación del presente decreto.
En ambos casos, el recurso contencioso-administrativo se interpondrá ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a elección de aquél (artículo 8.1 y 14.1.2ª de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
III.- Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime procedente (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Madrid, a 13 de diciembre de 2017.- El Delegado del Área de Gobierno de Salud, Seguridad y Emergencias, José Javier Barbero Gutiérrez.