BOAM nº 9174 (06/07/2022)
Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias
2053
Resolución de 4 de julio de 2022 del Director General de Emergencias y Protección Civil por la que se dispone el nombramiento como funcionarios de carrera de los/las aspirantes que han superado el proceso selectivo convocado para proveer 57 plazas de la categoría de Bombero/a Conductor/a Especialista del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid.Mediante Resolución de 25 de mayo de 2020 del Coordinador General de Seguridad y Emergencias, «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» número 8.646, de 26 de mayo de 2020, fueron convocadas pruebas selectivas para proveer 57 plazas de la categoría de Bombero/a Conductor/a Especialista del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid.
Concluido el procedimiento de selección, el Coordinador General de Seguridad y Emergencias ha dispuesto, mediante Resolución de 1 de julio de 2022, la publicación de la relación de aprobados del proceso selectivo en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» (BOAM número 9.172, de 4 de julio de 2022).
La documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria para su nombramiento como funcionarios de carrera ya fue aportada por los/las aspirantes con anterioridad a su nombramiento como funcionarios en prácticas.
Corresponde al titular de la Dirección General de Emergencias y Protección Civil, conforme determina el artículo 9.1.1 del Acuerdo de 27 de junio de 2019, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias la competencia para nombrar funcionarios de carrera al personal del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid.
En virtud de lo expuesto, de conformidad con la propuesta efectuada por el Tribunal Calificador nombrado por Decreto de 19 de febrero de 2021 de la delegada del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias,
RESUELVO
PRIMERO.- Nombrar funcionarios de carrera en la categoría de Bombero/a Conductor/a Especialista del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid a los 57 aspirantes que se relacionan en el anexo de esta resolución, ordenados de acuerdo con la puntuación final obtenida, con indicación de los puestos que se les adjudican. Ello de conformidad con la propuesta formulada por el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas convocadas por Resolución de 25 de mayo de 2020 del Coordinador General de Seguridad y Emergencias, para proveer 57 plazas de esta categoría, las cuales están encuadradas en la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Grupo C, Subgrupo C1, de las establecidos en el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
SEGUNDO.- Los efectos de esta resolución serán los de la toma de posesión, prevista para el día 7 de julio de 2021, a las 9,00 horas, en la sede de la Subdirección General de Planificación Operativa de la Dirección General de Emergencias y Protección Civil, ubicada en la avenida Principal, n.º 7, 28011 Madrid.
Todo ello sin perjuicio de que puedan tomar posesión en el plazo de un mes, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 62.1 c) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, que establece que para adquirir la condición de funcionario de carrera deberán prestar acto de acatamiento a la Constitución, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, por el que se establece la fórmula de juramento en cargos y funciones públicas, y tomar posesión de sus destinos en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid». Transcurrido el plazo de un mes, los/las aspirantes que no hayan tomado posesión perderán todos los derechos adquiridos durante el proceso selectivo, quedando anuladas todas sus actuaciones.
TERCERO.- Hacer pública la presente resolución en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid (www.madrid.es).
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:
I.- Recurso potestativo de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que dictó la resolución en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de la notificación o publicación de la presente resolución, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de la notificación o publicación de la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC) y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo (LJCA).
II.- Contra la resolución expresa del recurso de reposición, recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de la resolución del recurso (artículos 123 apartado 2.º y 124 LPAC y 46 LJCA).
III.- Si en el plazo de un mes desde la interposición del recurso de reposición no ha recaído resolución expresa, se entenderá desestimado y podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de seis meses contados desde el día siguiente a aquel en que haya terminado el plazo para resolver expresamente el recurso de reposición (artículos 124 y 24 LPAC y 46 LJCA).
IV.- Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime procedente (artículo 40.2 LPAC).
Madrid, a 4 de julio de 2022.- El Director General de Emergencias y Protección Civil, Enrique López Ventura.