Saltar navegación

BOAM nº 5905 (27/03/2009)
Distrito de Villaverde

587

Acuerdo de 17 de marzo de 2009 de la Junta Municipal del Distrito de Villaverde por el que se se hace pública la relación de recintos feriales para el año 2009.

La Junta Municipal del Distrito de Villaverde, en sesión ordinaria celebrada el 17 de marzo de 2009, ha adoptado el siguiente Acuerdo:

 

"PRIMERO: Desestimar las alegaciones, relativas al Acuerdo de 15 de enero de 2009 de la Junta Municipal del Distrito de Villaverde de aprobación inicial de la relación de recintos feriales y formuladas por la Asociación de Vecinos La Incolora, la Asociación de Vecinos Los Hogares, la Asociación de Vecinos Los Rosales, la Agrupación Socialista de Villaverde, Doña María Jesús Gallego y 118 vecinos más, la Asociación de Vecinos San Nicolás, Doña Encarnación Chavarrías Bustos y la Asociación de Vecinos la Unidad de Villaverde-Este, por las razones que figuran en el informe de 4 de marzo de 2009 que obra en el expediente y sin perjuicio de tomar en consideración las solicitudes presentadas por AMIFIVI para su estudio.

 

SEGUNDO: Aprobar definitivamente los siguientes recintos feriales:

 

Fiestas de Villaverde:

Lugar: Gran Vía de Villaverde (desde la rotonda de acceso a la calle Benimamet, hasta la rotonda de acceso a las calles Clara Schuman y Americio).

Fiestas de la Colonia Marconi:

Lugar: Junto a la instalación deportiva en la confluencia de las calles Principal y Transversal Sexta.

Festival de Música Independiente:

Lugar: Auditorio municipal de la calle Tertulia.

Pista de Hielo:

Lugar: Auditorio municipal de la calle Tertulia.

Mercado Medieval:

Lugar: Parque de la Ciudad de los Ángeles.

Mercado de Navidad:

Lugar: Parque de la Ciudad los Ángeles.

 

TERCERO: Ordenar la publicación de este acuerdo y de la relación de recintos en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".

 

Contra el presente acuerdo podrán presentarse los siguientes recursos:

 

I.- Recurso potestativo de reposición, ante la Junta Municipal de este Distrito, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la publicación de este acuerdo, de conformidad con la siguiente normativa:

 

Artículos 107 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC).

 

II.- Directamente, recurso contencioso-administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la publicación de este acuerdo (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

 

III.- Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 58 LRJPAC).

 

Madrid, a 17 de marzo de 2009.- El Secretario del Distrito de Villaverde, Ignacio Ramírez García.

Subir Bajar