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BOAM nº 9014 (12/11/2021)
Distrito de Chamberí

2949

Decreto de 13 de octubre de 2021 del Concejal Presidente del Distrito de Chamberí por el que se aprueba la Convocatoria del Concurso de Belenes Navidad 2021 del Distrito de Chamberí.

BASES DEL CONCURSO DE BELENES DEL DISTRITO DE CHAMBERÍ NAVIDAD 2021

 

Artículo 1. Objeto y ámbito de la convocatoria.

 

El Ayuntamiento de Madrid, a través del Distrito de Chamberí, efectúa esta convocatoria del "Concurso de Belenes Navidad 2021". Pueden tomar parte en el concurso los centros educativos del Distrito de Chamberí, cuyos escolares estén cursando estudios de Educación Primaria.

 

Artículo 2. Régimen jurídico aplicable.

 

El concurso se regirá por lo establecido en la presente convocatoria, la disposición adicional primera de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos, de fecha 30 de octubre de 2013, sobre concesión de premios educativos, culturales, científicos o de cualquier otra naturaleza sujetos a publicidad y concurrencia y demás disposiciones que resulten de aplicación.

 

La financiación de la presente convocatoria se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 2021/001/207/334.01/482.03 "Actividades culturales/premios".

 

De conformidad con el artículo 56 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, sobre convocatoria de subvenciones por tramitación anticipada, la concesión queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de la misma.

 

Artículo 3. Requisitos.

 

Pueden tomar parte en el "Concurso de Belenes Navidad 2021" los centros educativos del Distrito de Chamberí, cuyos escolares estén cursando estudios de Educación Primaria.

 

Cada centro educativo podrá presentar a concurso un único belén, que estará expuesto en su recinto.

 

El belén deberá estar elaborado con cualquier tipo de material, y las figuras y representaciones que lo compongan deberán haber sido diseñadas y realizadas por el alumnado del centro educativo.

 

El representante legal del centro, deberá cumplimentar la declaración responsable del impreso de inscripción en la que manifieste que no está incurso en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas; que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y del cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones, y que acepta plenamente el contenido de las bases de la presente convocatoria. Los certificados y declaraciones expresados deben estar vigentes durante todo el proceso.

 

Asimismo, deberá aportar, junto con la solicitud de inscripción, copia de la documentación que acredite su capacidad jurídica para representar y vincular al centro escolar correspondiente.

 

Artículo 4. Presentación de solicitudes.

 

Las solicitudes de participación se formalizarán conforme al modelo que podrá obtenerse en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid https://sede.madrid.es.

 

Las solicitudes junto con los anexos y documentación exigida deberán presentarse a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid, https://sede.madrid.es, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 de la LPACAP, debiendo utilizarse para ello alguno de los certificados electrónicos admitidos.

 

El plazo de presentación de solicitudes de participación será de 8 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de las bases en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

 

Los centros escolares solo podrán presentar una instancia.

 

En el impreso de solicitud, en el apartado relativos a los datos del centro, deberá constar la denominación completa que coincida con la razón social del centro de que se trate. En la casilla relativa a nombre deberá figurar el que reciba el centro escolar. En el caso de que no existiere coincidencia entre la razón social y el nombre del centro, se acompañará la documentación justificativa suficiente que permita conocer su vinculación.

 

En el modelo de solicitud deberá añadirse el número total de alumnos y alumnas que han participado en la elaboración del belén, y el curso escolar al que pertenecen.

 

Artículo 5. Desarrollo del concurso y criterios de valoración.

 

Los belenes que se presenten a concurso, deberán estar montados en el centro educativo el día 13 de diciembre de 2021.

 

El jurado visitará los belenes el día 14 de diciembre de 2021, entre las 10 y 14 horas. Si el número de participantes lo exige, podrá continuar la visita en una fecha posterior.

 

En la valoración de los belenes, el jurado tendrá en cuenta los siguientes criterios:

 

· Grado de colaboración de la comunidad educativa del centro en el proyecto (profesorado, alumnado, familias, personal no docente…).

· Confección o naturaleza de las diferentes figuras y elementos.

· El uso de materiales de reciclaje.

· Visión armónica de la obra.

 

El jurado del concurso será el encargado de valorar los trabajos realizados, y de proponer, de los centros participantes, el que resulte premiado. El jurado podrá declarar desierto el concurso.

 

El fallo del jurado será inapelable. De sus reuniones se levantará acta y elevará la propuesta de adjudicación del premio al Concejal Presidente del Distrito, órgano competente para la resolución del presente concurso.

 

El fallo del jurado será comunicado el día 17 de diciembre de 2021 a través de correo electrónico a todos los concursantes.

 

La entrega del premio se realizará presencialmente en el centro cultural Galileo, calle Galileo, 39, previa confirmación de fecha con el centro premiado.

 

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